Solicitudes de asilo no han cambiado con el actual gobierno

Los inmigrantes que corran peligro en sus países todavía pueden seguir presentando sus solicitudes de manera normal

El abogado John Travis de Caridades Católicas de Nueva York

El abogado John Travis de Caridades Católicas de Nueva York. Crédito: Edwin Martinez | El Diario NY

Uno de los alivios migratorios que otorga protección anual a 20,000 inmigrantes que demuestran correr peligro si regresan a sus países es el asilo, y aunque las recientes medidas del gobierno de Donald Trump en materia migratoria han creado alarma, ese amparo migratorio todavía existe y no ha sido afectado con ningún cambio.

Así lo explica el abogado de la organización Caridades Católica, John Travis, quien recordó que sin importar si una persona entró legalmente o no al país, puede presentar un caso en el primer año de su estadía en territorio estadounidense.

“El asilo es para gente que tiene temor de regresar a su país, porque su vida corre peligro a causa de ciertas razones o por su estatus dentro de un grupo social particular”, comentó el asesor legal. “Hay muchos grupos sociales que han sido reconocidos, como la familia, y si uno puede demostrar que su vida corre riesgo por ser miembro de una familia determinada, calificaría para asilo”.

El abogado explicó que no cualquier persona puede beneficiarse de asilo solamente por un temor, sino que debe haber situaciones concretas, por lo que recomendó asesorarse antes de presentar un caso, al tiempo que mencionó que pasado un año del arribo de una persona al país todavía, bajo circunstancias especiales, podría aplicar para el asilo.

“Hay ciertas excepciones y por eso es importante siempre hablar con un abogado sobre este tema. Una de esas excepciones puede ser si han cambiado las circunstancias, digamos que hace cinco años alguien no aplicó porque no tenía miedo de regresar a su país en ese momento, pero ha pasado algo allá que ahora lo hace tener miedo”, dijo. “Eso es un cambio de circunstancias y todavía podría calificar para asilo o para no ser removido del país, algo con lo que no podría viajar ni puede convertirse en ciudadano, pero tendría permiso de trabajo”.

El abogado explicó además que hay dos tipos de casos de asilo: asilo de manera defensiva y asilo afirmativo. El primero se da en las cortes y el segundo es con aplicación al servicio de Inmigración. En promedio están tardando alrededor de 24 meses los casos.

“En Nueva York se necesita de uno a dos años en revisar esas peticiones, pero si el oficial encuentra que alguien no califica, refiere entonces el caso a la corte de inmigración, donde la persona puede pelearlo ante un juez y allí puede tardar dos o tres años más, dependiendo de las prioridades de la corte”, afirmó Travis. “Técnicamente los oficiales de inmigración no niegan casos sino que refieren a la corte los que no concedan para que un juez decida, y si el oficial emite una respuesta positiva, pues no necesita ir el caso a la corte y ya se aprueba”.

El representante de Caridades Católicas dijo además que legalmente después de 150 días de haberse sometido un caso para asilo, el inmigrante tiene el derecho a solicitar un permiso de trabajo.

“Si usted es elegible para asilo se le permitirá permanecer en los Estados Unidos. Para solicitar asilo, presente el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, en un plazo de un año a partir de la fecha de su llegada a los Estados Unidos”, asegura la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), que agrega un dato importante.

“Usted puede incluir en su solicitud a su cónyuge e hijos que se encuentran en los Estados Unidos al momento de presentarla o en cualquier momento antes de que se tome una decisión final sobre su caso. Para incluir su hijo en su solicitud, éste debe ser menor de 21 años de edad y soltero”.

Para pedir ayuda

  • Llama a Caridades Católicas al 1 (888) 744 7900
  • La Alcaldía de la Ciudad de Nueva York también puede ofrecer ayuda y asesoría gratuita llamando a la línea 311

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