Piden que se reporten casos de perfil racial

El gobierno y líderes locales apelan a la responsabilidad del público por informarse, saber cómo reaccionar si son aprehendidos y cuáles son sus derechos.

Abogados y líderes comunitarios indicaron que se encuentran analizando el fallo del Supremo.

Abogados y líderes comunitarios indicaron que se encuentran analizando el fallo del Supremo. Crédito: Ciro Cesar / La Opinión

WASHINGTON, D.C.- Dos semanas, es el plazo mínimo. Expertos en inmigración y organizaciones de derechos civiles prevén que será entonces, cuando el estado de Arizona comience a aplicar la sección 2(B) de SB1070.

Por ahora, tanto el gobierno como líderes locales, apelan a la responsabilidad del público por informarse, saber cómo reaccionar si son aprehendidos y cuáles son sus derechos.

El fallo emitido el lunes por la Corte Suprema, permitió la entrada en vigencia de la sección 2(B) en la polémica legislación. Esta autoriza a la policía, a preguntar por papeles de identificación, si existe una sospecha razonable, de que la persona es indocumentada.

Desde sus inicios, esta provisión ha sido criticada, por su inclinación a caer en la práctica de perfil racial. Es decir, que un oficial de policía, asuma que una persona está cometiendo un delito, sólo por su raza, color de piel, vestimenta u origen nacional. A nivel federal, esto es considerado discriminación.

Sin otra alternativa, ahora, se debe esperar y ver qué pasa con la ley en terreno. “No existe ninguna guía en cuanto a qué constituye una sospecha razonable en caso de inmigrantes ilegales”, declaró el jefe de la policía de Tucson, Roberto Villaseñor.

“Bajo la decisión de la Corte Suprema, los departamentos de policía en Arizona tendrán que hacer cumplir la sección 2(B). Haremos lo posible para concretarlo, pero estamos frente a un territorio inexplorado”, agregó.

Según las cifras oficiales del Departamento de Seguridad Nacional, en enero de 2011 Arizona contaba con 360,000 indocumentados. La cifra más baja desde 2000, cuando se registraron 330,000.

Ahora con la 2(B) se podrá pedir a las personas que muestren sus papeles migratorios en una revisión policial rutinaria o cuando son detenidos por infracciones, delitos menores o mayores. Sin embargo, la revisión de papeles sin justificación, es lo que debiera ser reportado.

Tras el veredicto, el Departamento de Justicia, fue claro al decir, que el fallo de la Corte Suprema no es una invitación al perfil racial y que monitoreará de cerca el impacto de SB1070, para que cumpla con la ley federal.

Para que esto ocurra, se debe informar al gobierno lo que sucede en las calles y ahí, sólo los afectados serán los responsables de levantar las banderas de alerta. No extraña entonces que ya exista movimiento local.

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“El lunes por la tarde, hubo un foro, donde jefes de policía se reunieron con líderes comunitarios, para explicarles cómo debe responder si la gente es detenida, donde figuraron varios grupos”, aseguró Warren Stewart, líder de derechos civiles y pastor de la iglesia bautista First institutional en Phoenix.

“Hay muchas organizaciones de derechos civiles que le están enseñando a los residentes latinos del estado, cómo responder […] Creo que hasta ahora los esfuerzos en terreno han sido efectivos. Había gran preocupación de que después del fallo, hubiera manifestaciones masivas, pero sólo hubo protestas pacíficas”, agregó.

“La clave es que los grupos comunitarios distribuyan información activamente. Lo que hemos visto, es una proliferación de rumores y casos extremos o reacciones y me parece que este es un minuto para que grupos comunitarios y la policía se calmen, analicen el fallo y vean qué es razonable, bajo estándares constitucionales”, insistió el ex procurador general de Arizona, Terry Goddard.

Por ahora, líderes locales recomiendan -cuando la sección 2(B) entre en efecto- y una persona sea detenida sin una razón justificada, comunicarse con su abogado o redes civiles comunitarias.

Según organizaciones como ACLU, al momento de ser aprehendido, cualquier individuo, con o sin papeles, tiene derecho a guardar silencio y negarse a responder preguntas. Sólo un juez puede obligar a contestar.

El Departamento de Justicia ya puso a disposición del público en Arizona, una línea y correo electrónico, para futuros reportes, 855-353-1010 y sb1070@usdoj.gov

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