Guía sobre la aplicación de acción diferida

-¿Cuál es el beneficio?

El fin de las deportaciones de jóvenes, y el otorgamiento de acción diferida, un mecanismo mediante el cuál pueden permanecer en el país y acceder a permisos de trabajo.

-¿Por cuánto tiempo?

Por dos años, con la posibilidad de renovarlo.

-¿Habrá exenciones al costo?

En general no. Se realizará una excepción en caso de: demostrar que es menor de 18 años, no tiene hogar, está en cuidado temporal o carece de cualquier tipo de apoyo parental y su ingreso es menor que el 150% del nivel de pobreza del país. Asimismo se considerarán a las personas que no pueden cuidarse a sí mismas por una discapacidad crónica o que han acumulado más de 25,000 dólares en deudas debido a gastos médicos propios o de un familiar cercano.

-¿Quiénes se beneficiarán?

Los individuos que llegaron a EEUU siendo menor de dieciséis años de edad y ha residido ininterrumpidamente en este país durante al menos cinco años, antes del 15 de junio. Que está asistiendo actualmente a la escuela, se ha graduado de la enseñanza secundaria, ha obtenido un certificado de desarrollo de educación general, o es un veterano que ha sido dado de baja con honores de los Guardacostas o las Fuerzas Armadas de EE.UU. No es mayor de 31 años. No ha sido condenado por ningún delito mayor o menor significativo, ni representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

-¿Cuándo comenzará?

El 15 de agosto.

-Más información en:

http://www.uscis.gov

1-800-375-5283

Vea la guía completa en nuestra página web: eldiariony.com.

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