República Dominicana quitará nacionalidad a ciudadanos

Todos los nacidos en el país después de 1929 y de padres inmigrantes ilegales serán considerados extranjeros

La figura de 'extranjero en tránsito' existe desde 1929, pero no había sido aplicada en Dominicana.

La figura de 'extranjero en tránsito' existe desde 1929, pero no había sido aplicada en Dominicana. Crédito: AP

Miles de personas que tienen la nacionalidad dominicana la perderían luego de que el tribunal constitucional de República Dominicana ordenó el jueves dar tratamiento de extranjeros a todos los nacidos en el país desde 1929 pero de padres inmigrantes ilegales, especialmente haitianos.

“¡Eso es una aberración!”, dijo Ana María Belique, vocera del grupo Reconoci.do, el cual mantiene desde hace dos años una campaña con manifestaciones callejeras y acciones judiciales en contra de lo que califica como proceso de “desnacionalización” de un amplio grupo poblacional por parte de las autoridades del registro civil.

La Junta Central Electoral, que administra el registro civil, comenzó en 2007 a retener las copias de las actas de nacimiento y cédulas de identidad a los dominicanos de ascendencia haitiana con el argumento de que, al nacer en territorio dominicano de padres extranjeros ilegales, fueron registrados de forma fraudulenta.

Belique consideró en una rueda de prensa de varias organizaciones de derechos humanos que el fallo del tribunal constitucional, que justifica las acciones de la Junta Central, “es una injusticia que se ha hecho con base en prejuicios y xenofobia” contra los miles de descendientes de inmigrantes haitianos, cuyo número exacto no se conoce.

Según una reciente encuesta del Ministerio de Economía, en República Dominicana viven cerca de 500 mil inmigrantes haitianos, pero no existen estimaciones del número de dominicanos de ascendencia haitiana.

El tribunal constitucional, cuyas decisiones están por encima de la Suprema Corte de Justicia, determinó que todos los inmigrantes que llegaron de Haití a República Dominicana para trabajar en los cañaverales después de 1929 estaban “en tránsito” y por tanto sus hijos nacidos en el país no son dominicanos, a menos que de forma excepcional hubiesen regularizado su estatus migratorio.

Durante décadas, los inmigrantes del vecino Haití que eran llevados a trabajar a los cañaverales dominicanos, donde permanecieron el resto de sus vidas y formaron sus familias, podían registrar como dominicanos a sus hijos nacidos en este país con base en las leyes vigentes en ese momento.

Con la entrada en vigencia de una ley de migración en 2004 y la promulgación de una nueva constitución en 2010, se determinó que los trabajadores inmigrantes temporeros, haitianos en su extensa mayoría, son extranjeros “en tránsito” y sus hijos nacidos en el país ya no pueden adquirir la nacionalidad dominicana de forma automática.

El tribunal constitucional y la Junta Central “están irrespetando el principio de irretroactividad de las leyes” porque “aplican los criterios de la nueva constitución (de 2010) a personas que nacieron con décadas de anterioridad”, dijo el jueves el jurista Cristóbal Rodríguez, quien encabezó uno de los primeros procesos judiciales en contra de esa medida.

Según el fallo del tribunal constitucional, publicado el jueves, la figura de extranjero “en tránsito” no es nueva, sino que está vigente en la constitución desde 1929, pero por décadas las autoridades no la aplicaron de la misma manera.

El tribunal constitucional ordenó además que la Junta Central cree en un plazo máximo de un año un inventario de hijos de inmigrantes “en tránsito” nacidos en el país desde 1929 y los incluya en un registro de extranjeros. Toda la población afectada por la medida, cuyo número no se ha estimado, será sometida a un proceso de regularización para extranjeros que aún no existe.

Con su fallo, el tribunal “ha consolidado el criterio jurídico” que aplica la Junta Central, dijo el jueves Roberto Rosario, presidente de esa institución.

Con respecto al plan para revisar el registro civil desde 1929, Rosario detalló que “haremos lo que siempre se ha hecho, cumplir con las decisiones de los tribunales”.

De acuerdo con estadísticas incluidas en la sentencia, más de 16 mil actas de nacimientos ya están bajo análisis y la Junta Central Electoral ha rechazado emitir cédulas de identidad a 40 mil personas por su ascendencia haitiana.

“La sentencia aplica retroactivamente (85 años atrás) una noción de tránsito ya cuestionada por la CIDH. Oh Dios!!! Qué absurdo!!!”, dijo en su cuenta en Twitter el sacerdote Mario Serrano, director de la organización no gubernamental Centro Bonó.

Reconoci.do, Centro Bonó y organismos internacionales de derechos humanos insisten en que la Junta Central Electoral deja en el limbo jurídico a miles de personas, ya que sin los documentos de identidad los afectados no pueden continuar sus estudios ni realizar ningún trámite civil, como tener un empleo formal, abrir una cuenta bancaria o casarse.

El caso ha estado en estudio de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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