En lugar del debido proceso, Texas optó por la ejecución

El Estado de Texas debió haber evitado la ejecución de Edgar Tamayo programada el pasado 23 de enero.

De nacionalidad mexicana, Tamayo, de 46 años, fue condenado a la pena capital por el asesinato del agente de la policía de Houston, Guy Gaddis ocurrido en 1994. Sin embargo, tras su arresto, las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley nunca informaron a Tamayo de su derecho a recibir asistencia y protección por parte de las autoridades consulares mexicanas como lo establece la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, un tratado internacional del que EE.UU. es parte.

La defensa de Tamayo argumentó que su cliente no recibió una asesoría legal adecuada, por lo que agotaron hasta la última instancia ante la Corte del Distrito Oeste de Texas para detener la ejecución.

En días anteriores, solicitaron también al gobernador de Texas, Rick Perry, la suspensión de la ejecución y gestionaron una petición ante la Junta de Indultos y Libertad Condicional de Texas para que conmutaran la sentencia de muerte por cadena perpetua. Todas las medidas fueron desacertadas y ninguna tuvo éxito.

El gobierno mexicano se opuso fuertemente a la ejecución y el secretario de Estado de Estados Unidos, John Kerry, en una carta dirigida al gobernador de Texas, expresó que con la ejecución de Tamayo, las relaciones entre Estados Unidos y México podrían verse afectadas y poner en peligro el derecho de los estadounidenses a contactar a sus funcionarios consulares si son detenidos en el extranjero.

El derecho internacional se opone a la decisión del gobernador de Texas. En virtud del llamado “Fallo Avena”, dictado por la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial superior de las Naciones Unidas, en 2004, Estados Unidos está sujeto a revisar y reconsiderar las sentencias de pena capital impuestas a Tamayo y a otros 50 mexicanos. Pero el fallo, establecido hace una década, no ha detenido a Perry de interrumpir las ejecuciones de ciudadanos mexicanos cuyos derechos consulares fueron negados.

En tanto, la Corte Suprema de EE.UU. tiene una laguna legal que Perry utiliza a su favor. La Corte dictaminó en 2008 que, si bien la Convención de Viena establece una obligación legal vinculante para los Estados Unidos, se requiere una legislación específica para que la resolución de la CIJ se ponga en práctica en los tribunales estadounidenses. Incluso después de varios intentos, tal legislación no ha sido aprobada por el Congreso.

En medio del debate en torno al acceso consular de los ciudadanos extranjeros condenados a muerte, Perry se ha autoproclamado defensor de la ley de Texas sobre el derecho internacional. Pero, la ejecución de Tamayo, no competía únicamente a la ley internacional, también a los derechos humanos fundamentales y las garantías constitucionales.

La obligación de notificación consular es una protección esencial del debido proceso y el debido proceso legal es un derecho consagrado en la Constitución de EE.UU. Las oficinas consulares pueden ayudar a proveer asistencia y representación jurídica, sumamente necesarias. Y tales protecciones nunca resultan tan importantes, como en los casos en que un acusado puede enfrentar la posibilidad de ser ejecutado.

Para respetar el debido proceso y los derechos humanos, el Estado de Texas debería haber conmutado la pena de muerte que le fue impuesta a Tamayo.

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