Iglesia católica en Dominicana reitera rechazo a despenalización del aborto

La Cámara de Diputados aprobó las observaciones al Código Penal que hizo el presidente Danilo Medina

SANTO DOMINGO – La Iglesia católica cuestionó este jueves la aprobación, por parte de la Cámara de Diputados, de las observaciones al Código Penal que hizo el presidente Danilo Medina para despenalizar el aborto terapéutico en determinadas circunstancias.

La Conferencia del Episcopado Dominicano, que reúne a todos los obispos católicos del país, planteó en un breve comunicado que la Iglesia “nunca dejará de proclamar su convicción de que la vida es inviolable desde su concepción hasta la muerte, como establece claramente nuestra Constitución Dominicana”.

“Rechazamos enérgicamente toda concesión a cualquier tipo de aborto, tal como hemos manifestado a lo largo de estos días a través de diferentes medios y de diversas formas”, plantearon.

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Los obispos argumentaron, sin embargo, que el artículo 110 incluido en el Código Penal acoge su posición, al respetar el principio de que los médicos deben “agotar todos los recursos disponibles para salvar la vida de la madre y de la criatura”.

“El posible efecto negativo de la interrupción del embarazo sería una consecuencia indirecta”, destacó la Conferencia.

Sin embargo, agregaron que “rechazamos enérgicamente el párrafo agregado al artículo 110 ya que la Iglesia defiende la vida en toda circunstancia”.

“De ningún modo, podemos aceptar la sentencia de muerte a una criatura concebida, aún tenga ésta malformación o proceda de una violación o incesto”, sostuvieron los obispos.

Mientras, la Cámara de Diputados remitió al Poder Ejecutivo el Código Penal para su publicación. El presidente de ese hemiciclo, Abel Martínez Durán, remitió la legislación a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

Martínez Durán planteó que “la ley fue devuelta mediante oficio No. 32164, del 28 de noviembre de 2014, con observaciones hechas por usted a los artículos 107, 108,109 y 110, las cuales fueron sometidas al conocimiento del Pleno de la Cámara de Diputados, con el texto redactado por quien suscribe, con apego a su motivación de hacer explícitos los supuestos excepcionales en que debe prevalecer el derecho fundamental a la vida de la mujer embarazada, o el derecho al respeto de su dignidad humana y de su integridad psíquica y moral, resguardándose al mismo tiempo la seguridad jurídica de quienes tienen la obligación de brindar asistencia médica en el caso de los eventos señalados”.

El nuevo código despenaliza la interrupción del embarazo cundo la mujer corra riesgo de muerte y ordena la creación de una nueva ley que regule el aborto en caso de violación o incesto o cuando el feto presente malformaciones que lo hagan incompatible con la vida.

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RepúblicaDominicana

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