¿Hasta dónde podrán llegar los cobradores de deudas?

La Oficina de Protección al Consumidor Financiero quiere reforzar las protecciones a deudores

Los cobradores de deudas no le pueden llamar después de las 9.00 PM.

Los cobradores de deudas no le pueden llamar después de las 9.00 PM.  Crédito: Shutterstock

La relación de los consumidores con su deuda parece mejorar. Según una encuesta de CreditCards.com, el 12% de los americanos teme morir con deudas cuando el año pasado era el 21%. Es una cuestión de percepción y de cierto optimismo porque la deuda de las tarjetas de crédito han subido durante los últimos cinco años y casi llega a un billón de dólares. E inevitablemente no todo el mundo puede pagar a tiempo lo que debe.

Muchas de las deudas acaban en agencias que se dedican al cobro de estas. Actualmente hay unos 70 millones de personas tienen deudas pendiente de cobro por unas empresas que son la mayor fuebte de quejas por parte de los consumidores que ninguna otra entidad en el mundo financiero, según la Oficina para la Protección de los Consumidores Financieros (CFPB en sus siglas en inglés).

Esta Oficina quiere que esto acabe y para ello ha propuesto reforzar y expandir un buen número de prácticas a las que ya se adhieren estos cobradores desde 1977. Lo que se quiere proponer es que los cobradores:

  1. Digan cuando las deudas son demasiado viejas como para llevar su cobro a tribunales. Si ha vencido el plazo para demandar su cobro judicialmente deben informar de ello y no puede amenazar con acciones ante tribunales.
  2. Limiten las llamadas y comunicaciones. Actualmente no pueden llamarle antes de las 8.00 AM ni más tarde de las 9.00 PM excepto en situaciones limitadas. Los cobradores no podrán bajo las nuevas propuestas llamar inicialmente más de seis veces en la semana y el deudor puede pedir que no le llame a determinado lugar, como por ejemplo su oficina. En caso de que el deudor haya fallecido, no se podrá contactar con su familia hasta 30 días más tarde
  3. Verifiquen lo adeudado. Es decir, que los cobradores provean de evidencias de las deudas que quieren cobrar antes de intentar hacerlo. Tienen que verificar las cantidades, las identidades y los pagos que se hayan hecho. Con ello se trata de evitar que los consumidores reciban notificaciones de pago de deudas que no existen o no les pertenecen.
  4. Sigan sin fisuras los procedimientos de disputas. Los cobradores deben mandar información sobre la deuda y la información de que se puede disputar tras este contacto inicial. Si el deudor no está de acuerdo es el cobrador quien tiene que verificarla.

En cualquier caso, se lleven adelante o no estas propuestas, ningun cobrador puede ser abusivo, no puede amenazar ni usar un lenguaje ofensivo o sugerir que no pagar una deuda es un crimen. Tampoco puede engañarle con la suma que debe ni puede discutir el estado de esa cuenta pendiente con nadie (ni un vecino, ni un familiar ni un jefe…). Además, para cobrar, estas agencias no pueden hacerse con su pensión, su asistencia pública, su ayuda si es un veterano, un desesmpleado o está recibiendo los beneficios de compensación de trabajadores.

En esta nota

Deudas Finanzas Personales TuBolsillo

Suscribite al boletín de Empleos

¿Te gustaría recibir ofertas de empleo en Los Ángeles?

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y Google Política de privacidad y Se aplican las Condiciones de servicio.

¡Muchas gracias!

Más sobre este tema
Contenido Patrocinado
Enlaces patrocinados por Outbrain