Rechazo de corte a inmigrante hispana que la pone camino a la deportación podría impactar otros casos

Un problema más para quienes buscan alivio migratorio

Los casos de deportaciones también se retrasan en cortes.

Los casos de deportaciones también se retrasan en cortes. Crédito: John Moore | Getty Images

En junio de 2018, la Corte Suprema dio una buena noticia a ciertos inmigrantes que enfrentan la deportación, ya que al no recibir adecuadamente sus notificaciones de audiencia podría evitar su expulsión del país.

Aquella decisión fue considerada una derrota para el Gobierno del presidente Donald Trump, pero este martes el Noveno Circuito de Apelaciones le dio un nuevo giro a la determinación de los jueces del Máximo Tribunal, al considerar que el caso Pereira v. Sessions no quita los derechos de procesos de deportación.

Los jueces del Noveno Circuito negaron a una mexicana reabrir su caso de asilo, sobre el cual sus abogados argumentaron que la decisión de 2018 de la Corte Suprema aplicaba a su cliente.

Sin embargo, los jueces indicaron que aquella determinación sobre notificaciones que no tienen información completa sobre apariciones en audiencias no invalidaba la autoridad de las cortes en procedimientos de deportación.

El tema es más complejo de lo que parece, ya que la decisión de los jueces del Tribunal Supremo se enfoca a que las autoridades emitan notificaciones de audiencia claras: con fecha y hora precisas, pues de lo contrario no se podrá tomar en cuenta para los procesos de deportación.

En 2018, los jueces decidieron con base en el caso de Wescley Fonseca Pereira, quien recibió una notificación del  Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para presentarse en sus oficinas, pero la cita no tenía ni fecha ni hora, por lo que el inmigrante no acudió.

“Residentes no permanentes, como el peticionario aquí, que están sujetos a procedimientos de deportación y han acumulado 10 años de presencia física continua en los Estados Unidos, pueden ser elegibles para una forma de alivio discrecional conocido como cancelación de deportación”, apunta la Corte en su opinión.

Sin embargo, miles de inmigrantes no logran cubrir ese requisito cuando reciben las órdenes de expulsión del país, por lo que la Corte decidió que, aunque reciban su notificación, “el reloj no se detiene”, si la notificación es incompleta.

La Ley de Inmigración y Ciudadanía indica que el tiempo de presencia en el país se detiene cuando un inmigrante recibe la notificación de audicencia.

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