“El deber de un magistrado [de la Corte Suprema] es hacia la Constitución y por ende es más legítimo aplicarla según su mejor entendimiento que un precedente que claramente cree que está en conflicto con esta”, escribió Barrett.

Como jueza de apelaciones Barrett se mostró a favor de restringir el acceso de las mujeres al aborto legal.

Durante una conferencia en la Universidad de Jacksonville en 2016, reporta el New York Times, la jueza Barrett dijo que Roe v. Wade establecía el derecho al aborto de las mujeres y que no era probable que eso cambiara, aunque sí podría cambiar la manera en que los estados restringen el acceso a ese derecho.

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“Creo que la cuestión de si la gente puede tener abortos a muy largo plazo, ya saben, cuántas restricciones se pueden poner en las clínicas, creo que eso cambiaría”, señaló.

En 2018, defendió una decisión judicial en Indiana que prohibía los abortos que se basaban exclusivamente en el sexo o la discapacidad en un feto. Una corte de apelaciones dictaminó que esa ley estaba en conflicto con el precedente de la Corte Suprema.

El año pasado, Barrett siguió el precedente de la Corte Suprema y defendió una ley en Chicago que protege a las mujeres que ingresan a las clínicas de aborto de interacciones no deseadas con manifestantes y consejeros.

Con una posible nominación de Barrett, los votantes evangélicos confían que tendrán mayores posibilidades de revocar el caso Roe vs Wade y así terminar con el aborto legal en el país.

Inmigración

Barrett votó a favor de mantener la regla de carga pública de la Administración Trump, que permite denegar la residencia permanente a los solicitantes a los que el Gobierno considera que pueden depender de prestaciones públicas, como cupones de alimentos o ayudas para vivienda.

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El Séptimo Circuito bloqueó la capacidad de la Administración para hacer cumplir su interpretación de la regla de carga pública en Illinois. Barrett escribió que la definición del Departamento de Seguridad Nacional no es “poco razonable”, especialmente considerando que “el texto del estatuto actual fue enmendado en 1996 para aumentar la determinación de la carga pública”.

Armas

También en el Séptimo Circuito, Barrett alegó que la Segunda Enmienda no prohíbe necesariamente poseer un arma a los condenados por delitos graves. También declaró una ley de Wisconsin que prohíbe tener armas a cualquier persona condenada por un delito grave, incluso si no ha sido condenada por un delito violento, como inconstitucional.

“Los cuerpos legislativos tienen el poder de prohibir que las personas peligrosas posean armas. Pero ese poder se extiende sólo a las personas que sean peligrosas”, escribió Barrett.

Con información de NPR y The New York Times.