¿Cuántas llamadas para cobrar una deuda son muchas?

Las autoridades clarifican y actualizan las reglas de protección de acreedores.

La Ley de Prácticas Justas de Cobros de deudas data de finales de los años setenta./Shutterstock

La Ley de Prácticas Justas de Cobros de deudas data de finales de los años setenta./Shutterstock Crédito: Shutterstock

El número a tener en cuenta es siete.

Lo dice la Oficina de Protección al Consumidor Financiero, CFPB, que recientemente ha actualizado y clarificado puntos de la ley sobre prácticas justas de cobros de deuda una ley que data de 1977 y que prohibe el acoso y el engaño por parte de las empresas que se encargan de esta tarea.

Esta oficina ha tenido en cuenta las tecnologías modernas como los mensajes de texto, medios sociales, correos electrónicos y se quiere dar a los consumidores la posibilidad de limitar la comunicación de estas empresas con las tecnologías más nuevas.

Estas reglas y clarificaciones entrarán en vigor en un año (noviembre de 2021) y estos son sus puntos más importantes a tener en cuenta por los consumidores y las empresas de cobros de deudas (no el acreedor sino la empresa que cobra el pago debido):

  • Los cobradores de deudas tienen prohibido llamar repetida o continuamente y esto ocurre cuando se establece comunicación con el deudor más de siete veces en un periodo de siete días o  en los siete días siguientes a haber establecido una conversación con el deudor
  • Se reducen las veces y los lugares en los que una firma cobradora de deudas puede comunicarse o intentar hacerlo con el consumidor. 
  • Los consumidores pueden designar que un particular medio para la comunicación  no se use, por ejemplo el teléfono o el correo electrónico.
  • A la hora de llamar o comunicarse con el deudor quien quiera cobrar la deuda tiene que hacerlo en un momento en el que sepa o deba saber que es inconveniente.
  • ¿Se pueden usar plataformas de medios sociales como forma de comunicación? De ninguna manera si la comunicación es visible por quienes siguen a esa persona.

Las clarificaciones y actualizaciones son necesarias por que no todo vale a la hora de cobrar deudas. La ley así lo establece protegiendo  al deudor (no a los negocios) y conviene repasar alguna de las protecciones más generales.

Para empezar los cobradores no pueden llamar antes de las 8.00 AM o después de las 9.00PM a no ser que se acuerde lo contrario, tampoco pueden localizar al deudor en el trabajo si no se permiten llamadas personales.

Se puede pedir por carta (de la que conviene guardar copia) al cobrador que deje de llamar. Una vez que se recibe puede llamar para confirmar la petición o anunciar un paso legal como una demanda si es el caso.

Esto puede traer mucha tranquilidad pero hay que recordar que el hecho de que no haya comunicación no evita que se siga el procedimiento a la hora de cobrar. Se sigue debiendo dinero. Si alguien cree que se le está cobrando algo que no se debe o no se puede pagar inmediatamente hay que clarificar todo ello antes de cortar la comunicación.

Los cobradores solo pueden contactar al deudor, esposo y el abogado si lo hay. Pueden llamar a otras personas, solo una vez, para localizar al deudor.

Cuando el cobrador se pone en contacto con el acreedor tiene que mandar una nota de validación en cinco días explicando qué dinero se debe, a quien y qué hacer en caso de que se crea que es un error. En el caso de que lo sea hay un proceso que abrir en 30 días.

En cualquier caso, lo que nunca pueden hacer los cobradores de deudas es amenazar al deudor de ninguna manera, usar lenguaje ofensivo, abusar con llamadas continuamente o mentir. Tampoco pueden cobrar comisiones.

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