Escazú no es el problema ni tampoco la solución en América Latina y el Caribe

El acuerdo de Escazú surge de la asimetría entre intereses económicos y ambientales en nuestra región y la demanda social al respecto

Urge trabajar más por una verdadera justicia ambiental.

Urge trabajar más por una verdadera justicia ambiental. Crédito: EFE

Nuestras democracias no han sabido adaptarse al clima de los tiempos. Es decir, a la crisis de la naturaleza y la crisis climática. Escribir sobre el Acuerdo de Escazú (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe) es algo no hago a la ligera y que asumo con gran responsabilidad y cuidado. Primero por haber participado en rondas para su negociación, incluso presentando observaciones escritas sobre el texto, segundo porque aun compartiendo con muchas de sus virtudes, mantengo reservas sobre su idoneidad, Más aún por el respeto y admiración que siento muchos colegas que han trabajado arduamente para hacer este acuerdo una realidad.  

El acuerdo de Escazú surge de la asimetría entre intereses económicos y ambientales en nuestra región y la demanda social al respecto. Es decir, de la conflictividad socio ambiental. De las fallas en la gobernanza y el proceso de toma de decisiones, sobre los recursos naturales de los países de la región, así como sobre la distribución equitativa de los beneficios que se derivan de ellos. La conflictividad socioambiental es además una de las causas estructurales de la violencia contra los defensores de derechos ambientales, por ello América Latina continúa siendo la región más peligrosa para aquellos que defienden estos derechos. Escazú no es el problema, el problema es que en un momento donde todos tendríamos que ser defensores de los derechos ambientales, nuestras democracias no han sabido dar respuesta a una problemática estructural cuya respuesta no necesariamente está en Escazú. 

Corresponde entonces, desmitificar el Acuerdo. Impulsado en 2012 por 10 países y la Comisión Económica para América Latina y El Caribe (CEPAL), Escazú construye sobre el Convenio Aarhus (Convenio de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas sobre acceso a la información pública, participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente “) en base al principio 10 de la Declaración de Río 1992. Escazu busca garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe los derechos de acceso.  El Acuerdo, además de las capacidades de los países, aborda cuatro (4) temas centrales: 1) el acceso a la información ambiental, 2) la participación pública en la toma de decisiones ambientales 3) el acceso a la justicia en asuntos ambientales y  4) la protección de las personas defensoras del derecho a vivir en un medio ambiente sano.

En estos temas, podría decirse que Escazú es un piso, mas no puede ser una camisa de fuerza. Sobre el objeto del Acuerdo, hay importantes avances, incluso más allá de los compromisos, pero también desafíos inminentes. Desafíos que sin la zapata o preparación necesaria para colocar el piso e implementar las obligaciones que requiere la garantía de derechos, podrían convertir Escazú en letra muerta o en una camisa de fuerza; un gran agravio al estado de derecho ambiental. 

En América Latina siempre hay un trasfondo o historia detrás que comprender. La realidad es que sino la comprendemos tampoco entenderemos porque Escazú no es el problema, pero tampoco la panacea. 

En la región, el Acceso a la información  y la participación en asuntos ambientales, se impulsan a partir de la jurisprudencia del sistema interamericano en el caso Claude Reyes v. Chile y se consolidan en un recorrido que incluye la Cumbre de las Américas de Santa Cruz de la Sierra, la Estrategia Interamericana para la Promoción de la Participación Pública en la toma de Decisiones sobre desarrollo Sostenible, los principios de acceso a la información adoptados por el Comité Jurídico Interamericano (CJI) hasta llegar a la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información (ya en su versión 2.0) y al Programa Interamericano de Acceso a la Información.  Estos procesos y la discusión de Escazú no tienen hilos conductores.  Por otro lado, aunque en la región existen barreras para acceder a la justicia, en general, la ciudadanía tiene mayor confianza en los poderes judiciales que en el ejecutivo y el legislativo. La falta de respuesta en la aplicación de la legislación ambiental ha llevado a mayor acceso a la justicia por daños y degradación ambiental.  La jurisprudencia, a pesar de innumerables ataques a la estabilidad e independencia de los poderes judiciales, ha contribuido mucho más que cualquier instrumento jurídico a avanzar en los derechos de acceso. Sus armas no han sido más que el derecho internacional existente y el Estado social y democrático de Derecho. 

En 2020, Global Witness registró el asesinato de 227 personas defensoras de la tierra y el medioambiente. De los (5) países donde más asesinatos per cápita ocurren (4) están en las Américas. De cada (4) ataques (3) ocurren en las Américas.  Más de un tercio de los ataques se relacionan con la explotación de recursos (explotación forestal, minería y agroindustria a gran escala), represas hidroeléctricas y otras infraestructuras. Por ende, garantizarles a estas personas un entorno seguro y propicio en el que puedan actuar sin amenazas, restricciones, ataques e inseguridad, no depende de Escazú, sino de la voluntad política para construir cohesión social alrededor de la inversión para el desarrollo. 

Esto me lleva a reflexionar sobre ¿Quienes no han ratificado Escazú y por qué? Tal vez los que tuvieron cambio de gobierno, sus principales proponentes y los que no están listos. Los opositores serios, sin embargo, son los que ignoran las fallas planteadas. Los países en la lista de mayores agravios, violencia y asesinatos de los defensores de los derechos ambientales, los que han tenido experiencia con procesos contenciosos en el sistema Interamericano y saben lo que implica cumplir con medidas judiciales o una sentencia en contra, los que están en el capítulo cuarto del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los que no han sabido negociar los contratos por concesiones para la explotación de sus recursos naturales, y los que siguen atrayendo la inversión equivocada y el “green washing” por no ver que los intereses económicos y  de la sociedad, del legislador o parlamentario que la representa, de la autoridad y de la justicia cuando trata de nuestra subsistencia no pueden estar en silos ni ser distintos. 

La verdadera justicia ambiental implica la reorientación de nuestras democracias a verdaderas democracias ambientales, donde el fin del tomador de decisión público o privado sea la justicia ambiental, porque de ello depende nuestra subsistencia. 

El problema no es Escazú o su ratificación, es que los países no aborden la evolución democrática y las fallas estructurales a que la sociedad exige solución. 

Claudia S. de Windt. es abogada internacional, experta en ciencias políticas y académica dominicana. Directora Ejecutiva del Instituto Interamericano de Justicia y Sostenibilidad (IIJS: http://www.ii-js.org). 

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