Hombre en España deberá pagar $37 mil a su exesposa por las tareas del hogar que realizó mientras estuvieron casados

Los motivos por los que deberá indemnizar a su exmujer es porque no le dejó trabajar durante varios años que estuvieron casados y por ende, existe una desigualdad en su patrimonio

Separación

Una jueza determinó que había que compensar a la exesposa por lo hecho para su familia. Crédito: Shutterstock

Un hecho sin precedentes acaba de ocurrir en España, en donde un juez de Pontevedra, en Vigo, ratificó que un hombre deberá pagar por concepto de compensación a su exesposa la cantidad equivalente a $37,000 dólares debido a las labores del hogar que la mujer realizó mientras estuvieron casados.

En el sitio web de el diario La Voz de Galicia se detalla que la pareja estuvo casada por separación de bienes y que procrearon hijos, por lo que la mujer identificada únicamente como Isabel, dedicó varios años de su vida a cuidar de ellos y de su hogar, única y exclusivamente, ya que su entonces marido le impidió reintegrarse al campo laboral.

De acuerdo a EFE, Isabel se ha convertido en la primera persona en Galicia que reclama y consigue este tipo de indemnización.

Dicha sentencia se basó en el artículo 1438 del Código Civil español que dicta lo siguiente: “Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación”.

Con este decreto, las autoridades intentan reequilibrar la situación de desigualdad entre los patrimonios de los esposos en régimen de separación de bienes, sobre todo cuando uno no ha tenido actividad laboral y se ha dedicado al cuidado de los hijos y del hogar familiar.

Por su parte, el exmarido habría apelado en su momento que el trabajo realizado en ese entonces por quien fuera su pareja en la casa “no fue significativamente relevante”, pues afirmó que ambos colaboraban y además sus hijos ya eran mayores de edad. Sin embargo, el argumento fue desestimado por la jueza que llevó este caso.

Para calcular el coste de la indemnización, la jueza consideró el precio que tendrían que haber asumido en la casa por pagar a alguien que hiciera el trabajo de la exmujer, así como el grado de exclusividad de su contribución a dicho trabajo. A ello también añadió su contribución al trabajo del otro cónyuge cuando estuvo enfermo, su ayuda al negocio familiar en el que no estuvo dada de alta y el hecho de que durante ese tiempo no trabajó en otro lugar.

Para el tiempo en el que hizo otros cursos de formación o sus hijos ya fueron mayores, la jueza aplicó un porcentaje del 70% del salario mínimo.

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