Corte confirma jurisdiccción del estado de NY en caso de ofensores sexuales
Un tribunal determinó que le corresponde a la Legislatura estatal y no de las autoridades locales determinar dónde pueden vivir las personas que han cumplido condena por estos crímenes
NUEVA YORK – La Corte de Apelaciones del estado de Nueva York dictaminó este miércoles que es prerrogativa de la Legislatura estatal y no de las autoridades locales determinar dónde pueden vivir las personas que han cumplido su condena por crímenes sexuales.
En fallo unánime, los cinco jueces del tribunal -el más alto del estado- anularon una resolución del condado de Nassau que prohibía a exconvictos de este tipo de delitos vivir a menos de 300 metros de una escuela o centro de cuidado infantil. El fallo se aplica también a un centenar de condados y ciudades que habían promulgado resoluciones similares.
Bajo la ley del estado de Nueva York, la prohibición de residir dentro de un radio de 300 metros de un establecimiento con niños sólo rige para infractores que se encuentran en libertad bajo palabra. La corte ratificó la jurisdicción de los legisladores estatales en este tema.
El caso ventilado fue el de Michael Diack, un hombre condenado en 2001 por posesión de pornografía infantil, que luego de salir de la cárcel se mudó cerca a dos escuelas. Un juez de primera instancia había dictaminado la invalidez de la ley del condado frente a la ley estatal, pero una corte intermedia había fallado a favor del condado. El fallo de la Corte de Apelaciones da por terminada la vía judicial.
Según la División de Servicios de Justicia Criminal del estado, Nueva York tiene 38,123 ofensores sexuales registrados, de los cuales 9,238 están en libertad bajo palabra.
LEE TAMBIÉN:
Gobierno federal lanza app en español contra ofensores sexuales