La promesa que el Presidente no puede cumplir

Trump pidió a McGahn que despidiera a Mueller con el objetivo de acabar con la Trama Rusa

Trump pidió a McGahn que despidiera a Mueller con el objetivo de acabar con la Trama Rusa Crédito: MANDEL NGAN | Getty Images

El presidente Donald Trump anunció recientemente que planea terminar con el derecho a la ciudadanía por nacimiento mediante una orden ejecutiva. Esta no es la primera vez que Trump hace una afirmación de este tipo. Anteriormente, había hecho declaraciones similares durante su campaña de 2016 y en octubre de 2018.

Pero por seria que suene una declaración del presidente, Estados Unidos es un país que respeta el orden jurídico de las fuentes legales. Este establece que la Constitución tiene el peso de ley más importante y, por lo tanto, todas las otras fuentes (incluidas las órdenes ejecutivas) están por debajo de la constitución. Esto quiere decir que bajo ningún concepto una orden ejecutiva promulgada por el presidente podría revertir o cambiar un derecho constitucional.

El derecho a la ciudadanía por nacimiento al que hace referencia Trump está fundamentado en la sección 1 de la 14° Enmienda de la Constitución, que cita: “Todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a la jurisdicción del mismo son ciudadanos de Estados Unidos y del estado en el que residen”. En otras palabras, cualquier niño que nace en suelo estadounidense es ciudadano americano sin importar cuál es el estatus migratorio de sus padres.

Por tratarse de un derecho garantizado por la constitución, una orden ejecutiva no tiene el poder para eliminarlo. Para esto se necesitaría una nueva enmienda a la 14° Enmienda. Este proceso puede hacerse de dos maneras: mediante propuesta del Congreso o por una convención constitucional. Para la primera alternativa, haría falta el voto de dos tercios en ambas cámaras legislativas. Esta opción resulta inviable al momento, dado que el partido Demócrata controla la Cámara de Representantes, mientras que los Republicanos, aun siendo mayoría en el Senado, están lejos de los asientos necesarios. La segunda alternativa es aún menos probable, ya que se necesitaría una convocatoria de dos tercios de los cincuenta Estados, que luego debería ser ratificada por tres cuartos de estos. Se debe agregar además que ninguna de las 27 enmiendas de la Constitución ha sido propuesta por convención constitucional.

Según está planteada, y considerando el panorama político actual y el orden jurídico estadounidense, más allá de la intención política de la declaración, esta es una promesa que el presidente no puede cumplir.

– Favio Ramirez-Caminatti es psicólogo y analista político especialista en inmigración. Es Delegado ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y Asesor de El Centro del Inmigrante en Nueva York.

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