Las 3 razones por las que miles de boricuas deben devolver cheques de estímulo del Gobierno federal

La mayoría de los casos están relacionados con pagos duplicados, pero también hay algunos que tienen que ver con errores en la información del Seguro Social

Cheques de estímulo

Cheques de estímulo del Gobierno federal. Crédito: Jeff Fusco | Getty Images

NUEVA YORK – Debido a tres errores, miles de ciudadanos estadounidenses en Puerto Rico que recibieron cheques de estímulo durante la pandemia tendrán que devolver el dinero, informó el Departamento de Hacienda en la isla.

No está claro si los errores en la evaluación para la asignación de fondos los cometió el Gobierno local o el federal.

Sin embargo, el proceso de adjudicación y distribución de los pagos lo encabezó el Departamento de Hacienda en la isla, agencia que sirvió como puente ante el Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Personal de Hacienda trabajó además en coordinación con el Servicio de Rentas Internas (IRS).

“Siendo Hacienda el intermediario con el Tesoro Federal durante la distribución de las ayudas, ahora también tenemos la obligación de realizar todos los esfuerzos razonables de recobro y devolución del dinero que se otorgó a personas no elegibles, según se nos requiere”, declaró el secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea.

Aún sin que se especifique a los responsables de la equivocación, las personas que se beneficiaron deberán cumplir con el requerimiento de devolución.

Según Parés Alicea, el proceso de recobro anunciado la semana pasada impactará a unas 34,233 personas. La mayoría tienen que ver con pagos duplicados.

Parés Alicea indicó en un comunicado de prensa que a las personas no elegibles a las que se les enviaron por error los pagos recibirán un “Aviso sobre el Proceso de Recobro de Pagos de Impacto Económico”.

Las 34,233 personas forman parte de alrededor de 1.8 millones de familias que recibieron los cheques. Del universo de pagos enviados, los 34,233 equivalen a 0.0001%.

Los desembolsos de dinero correspondieron a las disposiciones de las leyes federales Coronavirus Aid, Relief and Economic Security (CARES) y el COVID-Related Tax Relief Act of 2020. Dado que Puerto Rico es un territorio de Estados Unidos, los ciudadanos en la isla tienen el derecho de recibir estas ayudas económicas.

“Los desembolsos totales de los pagos de Impacto Económico de $1,200 y $600, fueron de $4, 284,996,878.92, correspondientes a 1,889,058 familias. Las 34,233 notificaciones de recobro representan un total de $45,558,032 o un 0.0001% de los desembolsos totales, un 0.018% del total de familias que recibieron las ayudas”, explicó Parés Alicea.

Las tres instancias en las que se recobrarán los pagos realizados por Hacienda y IRS:

  1. La información suministrada de nombre y Seguro Social de usted, su cónyuge y/o dependientes, no coincide con la de la Administración del Seguro Social Federal.
  2. Recibió los pagos desembolsados por adelantado y volvió a reclamar los incentivos como un crédito reembolsable en el Anejo B3 Individuo, (Pago de Impacto Económico de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos, Formulario 482, correspondiente al año contributivo 2020).
  3. Recibió los pagos y no era residente bona fide de Puerto Rico para los años contributivos 2019 y 2020.

Parés Alicea detalló que los pagos duplicados son unos 27,218; otros 5,338 serán recobrados por información no coincide con la que tiene el IRS en sus archivos; y otros 1,677 individuos que reclamaron los pagos no eran residentes bona fide de Puerto Rico.

El proceso de recobro establece fechas para que los contribuyentes que reciban el aviso actúen y eviten que ese estímulo, para el que no eran elegibles, se convierta en una deuda exigible y cobrable por el Departamento. Este proceso no incluye planes de pago, por lo que la recomendación es que no ignoren el aviso”, alertó el funcionario.

El recobro en tres etapas

El proceso se realizará en tres etapas. En la primera, se envía el aviso mediante correo y a través de la cuenta de SURI; y se le concede a la persona cinco días laborales para devolver el dinero o hacer una reclamación ante una Oficina de Distrito de Cobro.

Durante la segunda etapa, si pasan 30 días y el contribuyente no actúa se emitirá una Carta de Tasación de Deuda.

“En esta etapa se convierte en una deuda exigible y cobrable por el Departamento y se refleja en la Certificación de Deuda”, especifica el comunicado.

En la última etapa, cumplidos 60 días días de no actuar, se emite una Carta de Aviso de Cobro.

“Con este aviso puede proveer evidencia de devolución del pago a través de un enlace de un enlace en SURI”, puntualiza Hacienda.

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