Corte Suprema rechaza facilitar a inmigrantes deportados su camino de vuelta a Estados Unidos

Aunque un indocumentado sea detenido por reingreso sin documentos al país, no podrán apelar a una expulsión "irregular" previa para defenderse del delito federal por volver al país sin papeles

Corte Suprema rechaza facilitar a inmigrantes deportados su camino de vuelta a Estados Unidos

La Corte Suprema decidió este lunes sobre casos de deportación | Crédito: Getty Images Crédito: SAUL LOEB | Getty Images

La Corte Suprema dictaminó este lunes que los inmigrantes indocumentados no podían utilizar una deportación previa “inadecuada” para evitar el proceso legal requerido para impugnar una expulsión posterior.

Refugio Palomar Santiago fue deportado en 1988, luego de ser detenido por manejar bajo la influencia (DUI), un delito que era considerado grave en aquel momento.

Su caso fue determinado por un juez y el inmigrante mexicano, quien vivía en California, aceptó renunciar a su derecho a apelar la decisión.

Sin embargo, en 2017, Palomar Santiago fue detenido nuevamente por oficiales de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), pero esa vez enfrentó una demanda por reingreso ilegal, lo que es un delito federal. Para ese año, el DUI ya no era considerado un delito grave.

La defensa del mexicano pretendía desestimar la primera deportación, bajo el argumento de que la falta por DUI fue recategorizada, lo que impactaba a su cliente. El Tribunal de Distrito concedió la moción de desestimación y el Noveno Circuito la ratificó, pero los jueces del Máximo Tribunal consideran que esa decisión es incorrecta.

La opinión de la jueza Sonia Sotomayor indica que el Tribunal de Apelaciones debió contemplar las tres condicionantes establecidas en la Ley Nacional de Inmigración (INA)

“El estatuto que penaliza el reingreso ilegal establece que una impugnación colateral de la orden de deportación subyacente puede proceder sólo si el no-ciudadano primero demuestra que (1) ‘se agotaron los recursos administrativos que pudieran haber estado disponibles’, (2) ‘no se tuvo la oportunidad de revisión judicial’ y (3) ‘la presentación de la orden fue fundamentalmente injusta’“, indican la opinión.

La jueza Sotomayor señala que una reclasificación del delito, en este caso DUI, no exime al inmigrante de cumplir los tres requisitos y destaca que el Noveno Circuito solamente contempló dos de las condicionantes para tomar su decisión.

La pregunta que los ministros respondieron del caso Estados Unidos v. Palomar Santiago fue “si un acusado satisface automáticamente los tres requisitos previos únicamente al demostrar que fue expulsado por un delito que no se consideraría un delito (para ser removible)”, indica el reporte de la Corte.

Aunque la apelación en un caso es clave, según se indica sobre “agotar cualquier recurso”, la posición de la jueza Sotomayor contempla todas las condicionantes para considerar el caso de un indocumentado que pretenda anular su orden de deportación.

Uno de los principales argumentos de la defensa fue la reclasificación de una falta, luego de una decisión en 2004, del caso Leocal v. Ascroft, determinara que el DUI no era un delito grave.

“Palomar-Santiago hizo una moción para desestimar la acusación sobre la base de que su orden de deportación anterior era inválida a la luz de la celebración de 2004 en Leocal v. Ashcroft“, indica la opinión que rechazó ese argumento.

El Máximo Tribunal ha tomado varias importantes decisiones sobre inmigración y deportaciones en los últimos meses, como en marzo, al determinar que los inmigrantes que han cometido ciertos delitos deberán demostrar que son elegibles para el perdón de deportación, lo que podría complicar el caso de miles de extranjeros con faltas bajo la llamada regla de “buen carácter moral”.

El 29 de abril, los ministros prohibieron que los inmigrantes en proceso de deportación reciban la información por separado del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que les impida buscar una solución legal a su caso y, dependiendo de la situación, hasta cierto alivio para su estancia en los Estados Unidos, si pueden demostrar que han estado en el país durante 10 años continuos.

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