Consulta Migratoria

Esta semana contesto preguntas de lectores. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

Soy residente permanente y fui arrestada en el pasado. ¿Puedo solicitar la ciudadanía norteamericana? – Ingrid R.

Para hacerte ciudadana tienes que llenar varios requisitos, incluyendo demostrar que tienes buena conducta moral. Ciertos crímenes hacen que la persona no sea elegible para la ciudadanía. Lleva tu archivo criminal a un abogado de inmigración para que evalúe tu caso y determine si eres elegible antes de solicitar la ciudadanía.

Mi esposa y yo somos mexicanos. Entramos a los Estados Unidos con visa de turista y nos quedamos. Tenemos tres hijos ciudadanos norteamericanos. El mayor tiene 22 años. En el acta de nacimiento de mi hijo mayor escribieron mal mi nombre. ¿Puede mi hijo pedirme para la residencia permanente? – Marco C.

Tu hijo mayor de edad que es ciudadano norteamericano podría pedirte a ti y a tu esposa. El acta de nacimiento tiene que listar correctamente sus nombres para probar el parentesco. Además, tendrán que llenar otros requisitos. Para corregir tu nombre en el acta de nacimiento de tu hijo tendrás que solicitar ayuda en la Oficina del Registro Civil (Office of Vital Records) del Departamento de Salud Pública del Estado de California. Ellos te indicarán los documentos necesarios que tendrás que presentar para enmendar el acta de nacimiento de tu hijo.

Soy mexicano y mi padre es residente permanente de EEUU. El metió la petición I-130 para mí en el 2000 y nos aprobaron la petición. Actualmente tengo 34 años y estoy soltero. ¿Cuándo habrá una visa disponible para mí? ¿Puedo obtener un permiso de trabajo mientras espero? – Delfino P.

La solicitud que metió tu padre para tí está bajo la categoría F2B que beneficia a hijos mayores de 21 años de residentes permanentes. Según el Boletín de Visas de junio del 2012, el Departamento de Estado de EEUU está procesando casos de mexicanos en esa categoría con fecha de prioridad antes del 1 de enero de 1992. Estas fechas a veces cambian. Debes monitorear el Boletín de Visas yendo a http://travel.state.gov/visa/bulletin/bulletin_1360.html para ver cómo va tu caso. Mientras esperas por tu visa no podrás obtener un permiso de trabajo por medio de la solicitud de tu padre.

Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog http://www.InmigracionHoy.net.

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