¿Recibir beneficios públicos afecta solicitud de residencia permanente?
En mi columna Consulta Migratoria® de esta semana, contesto la pregunta de un lector que desea solicitar beneficios públicos para sus hijas ciudadanas estadounidenses
Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona.
Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Estoy solicitando la residencia permanente por medio de la visa U. Tengo dos niñas americanas de 6 y 9 años. Me han reducido las horas en el trabajo y necesito solicitar estampillas de comida y seguro médico para mis hijas. Mis familiares y amigos me dicen que no lo haga porque afectaría mi trámite migratorio. ¿Es cierto esto? Adrián R.
Adrián, solicitar estampillas de comida y seguro médico para tus niñas estadounidenses no debería afectar tu trámite de residencia permanente por medio del estatus de noinmigrante U, conocido cómo la visa U.
Pero sí es cierto que hay circunstancias bajo las cuales recibir asistencia pública puede afectar ciertas solicitudes para la residencia permanente o ciudadanía estadounidense.
Sin embargo, beneficios públicos otorgados a niños ciudadanos estadounidenses por lo general no perjudican las solicitudes migratorias de sus padres u otros familiares.
El gobierno de Estados Unidos estipula que ciertos inmigrantes que desean obtener la residencia permanente no pueden ser una “carga pública”. Eso significa que no deben solicitar ciertos beneficios públicos. Si lo hacen, podría ser causa para que un inmigrante no sea elegible para conseguir beneficios migratorios.
El requisito de no ser carga pública no aplica a ciertos inmigrantes que solicitan la residencia permanente, como refugiados y asilados o personas con visas T y U.
Adrián, te recomiendo que hables con un representante de la oficina de asistencia pública para determinar si tus hijas ciudadanas estadounidenses son elegibles para recibir estampillas de comida y seguro de salud.
Asegúrate de proveer toda la información financiera que te pidan, incluyendo tus bienes e ingresos, y nunca mientas cuando solicites beneficios públicos. Obtener beneficios públicos por medio de fraude es severamente penalizado por la ley y afectaría tu trámite de inmigración.
Qué significa ser carga pública
Si una persona no se puede mantener económicamente y depende de beneficios públicos que proveen dinero en efectivo o cierta asistencia médica, entonces se podría considerar como una “carga pública”, según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés) .
Estos son algunos beneficios públicos que podrían considerar a una persona como carga pública:
- Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF), comúnmente conocido como “welfare”.
- Programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), que paga beneficios a adultos y niños incapacitados que tienen ingresos bajos y recursos limitados.
- Programas de subsidios locales o estatales.
- Beneficios de Medi-Cal/Medicaid utilizados para institucionalizar a extranjeros a largo plazo, como un hogar de ancianos o institución de salud mental.
Otros factores que se toman en cuenta son edad, salud, ingresos, situación familiar, educación y habilidades de la persona.
Beneficios públicos que no afectan trámites migratorios
Recibir beneficios públicos no lo convierte automáticamente en una carga pública. Un oficial de USCIS debe evaluar cada caso en contexto de las circunstancias antes de determinar si un inmigrante es una carga pública.
Según USCIS, generalmente no se considera que un extranjero es una carga pública si usa los siguientes beneficios públicos:
- Medicaid/Medi-Cal y otros servicios de salud (incluyendo ayuda pública para las inmunizaciones, exámenes y tratamiento de síntomas de enfermedades contagiosas); el uso de clínicas de salud y servicios de rehabilitación a corto plazo, y servicios médicos de emergencia.
- Seguro médico para niños (CHIP)
- Programas de nutrición, incluyendo el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP), popularmente conocido como estampillas de comida o “cupones de alimentos”, el Programa Suplementario de Nutrición para Mujeres, Infantes, y Niños (WIC), el Programa Nacional de Almuerzos y Desayunos Escolares, y otros programas de ayuda alimenticia, tanto suplementarios como de emergencia.
- Beneficios de vivienda
- Servicios de cuido de niños
- Ayuda energética, tal como el Programa de Ayuda Energética para Hogares de Bajos Ingresos (LIHEAP)
- Ayuda de emergencia para catástrofes
- Cuidado infantil temporal y ayuda para la adopción
- Asistencia educativa (como la escuela pública), incluyendo beneficios bajo la Ley Head Start y ayuda para la educación primaria, secundaria, o superior.
- Programas de capacitación laboral
- Ayuda en especie (in-kind); programas, servicios o ayuda comunitaria (como comedores populares (soup kitchens), asesoramiento e intervención en casos de crisis, y albergues a corto plazo).
Beneficios de dinero efectivo a los que una persona contribuyó por medio de su empleo, como beneficios de Seguro Social, pensiones del gobierno, beneficios de veteranos y compensación por desempleo no cuentan en contra de su admisibilidad.
Advertencia para residentes permanentes
Si eres residente permanente y recibes asistencia pública, no viajes fuera del país por más de 6 meses. Si te quedas fuera más tiempo, USCIS podría interrogarte cuando regreses para determinar si puedes convertirte en carga pública y negarte la entrada.
Antes de viajar fuera de los Estados Unidos, debes consultar con un representante de la oficina de servicios sociales para determinar si puedes seguir recibiendo ayuda mientras estás fuera del país.
Recibir asistencia pública no debería afectar tu solicitud de ciudadanía, al menos que hayas obtenido los beneficios de forma indebida. En ese caso, el USCIS puede determinar que no tienes buena conducta moral por haber conseguido beneficios que no te correspondían y negarte su solicitud.
Siempre consulten con un abogado de inmigración antes de solicitar cualquier trámite migratorio o beneficio público.
Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog InmigracionHoy.com.
Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.
El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para información sobre como consultar con el Dr. Castillo, haga clic aquí.
El propósito de esta columna es brindar información general. No se puede garantizar ni predecir cual será el resultado de la información presentada por el Dr. Nelson A. Castillo. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación. Esta columna podría ser considerada un anuncio por los Reglamentos de Conducta Profesional de abogados de varios estados, incluyendo en California y Nueva York. Consulte con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.