Tu bolsillo: la deuda que se come tu salario
Parte del sueldo puede ser embargado para saldar deudas pero el trabajador tiene derechos
Uno de cada 10 empleados entre 35 y 44 años tiene un embargo en su salario. Crédito: Shutterstock
El peso de la crisis aún se nota de muchas maneras en los salarios. La principal es que están estancados y apenas crecen. La otra es que en el caso de una de cada 10 personas entre 35 y 44 años, su salario se ve recortado porque parte de este lo embarga la empresa para la que trabaja con el fin de satisfacer los pagos de deudas impagadas a un tercero.
El embargo de salarios creció en 2011 y se ha mantenido desde entonces, según un reciente estudio de la empresa de gestión de negocios, ADP. La mayor parte de ellos se producen por falta de pago para mantener a los hijos, seguido de una categoría en la que entran los préstamos estudiantiles y los de consumo.
El embargo del salario es la última instancia para que el acreedor haga valer su derecho de ser pagado pero a no ser que el descuento de la nómina se produzca por falta de pago para los hijos (en casos de divorcio), para saldar cuentas con el IRS o por que no se han abonado los pagos de la deuda estudiantil, el trabajador debe ser notificado oficialmente. Y se puede recurrir.
Si se debe dinero al dentista o al emisor de la tarjeta de crédito, ni este ni el dentista pueden pedir al empresario un embargo del salario sin más.
Primero tienen que demandar al deudor/trabajador y tener una orden judicial antes de solicitar la acción al empresario.
El empresario tiene que notificar al trabajador que en ese caso debe darse prisa para recurrir, si hay caso de hacerlo, ya que si no se renuncia al derecho a defenderse y empezará el embargo sin más.
En caso de que se dispute la acción, el trabajador ha de escribir un recurso, aportar documentos, explicar si se está exento según las leyes de cada estado, si ya ha pagado la deuda y la acción es errónea o se ha declarado en bancarrota con lo que sus deudas desaparecen.
En ese caso, el siguiente paso es una audiencia en la que el objeto es defender el recurso, no la validez de la acción del acreedor.
Se puede recurrir la cantidad y hay topes de lo que se puede embargar.
Según leyes federales no se puede restar más del 25% de la nómina después de impuestos o la cantidad que exceda 30 veces el salario mínimo semanal. Algunos estados son más restrictivos pero estos mínimos no son aplicables en caso de que el dinero se deba para las obligaciones que se tienen con los hijos