Desapariciones sistemáticas

Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), las desapariciones de “fueron perpetradas por miembros de las Fuerzas Armadas entre 1981 y 1983, las cuales se enmarcan en la fase más cruenta del conflicto armado en El Salvador y se insertan en el patrón sistemático de desapariciones forzadas de niños y niñas, quienes eran sustraídos y retenidos por las Fuerzas Armadas en el contexto de los operativos de contrainsurgencia, práctica que implicó, en muchos casos, la apropiación de niños y niñas e inscripción con otro nombre o bajo datos falsos”.

Cuando los militares no se quedaban con los niños, fueron dados en adopción a familias a través de una sofisticada operación que incluía orfanatos ilegales, llamados ‘casas de engorde’ porque allí los niños eran bañados, curados de sus heridas, alimentados y vestidos, para luego ser entregados a familias extranjeras o locales a través de una red de abogados.

“(Fueron) grupos de abogados, algunas veces en coordinación con los militares, (quienes) se encargaban de los trámites de adopción” y los mandaban a Italia, Francia y, sobre todo, a Estados Unidos”, dijo María Ester Alvarenga, directora de Probúsqueda. “Hicieron negocio. Hubo dinero de por medio. Tenemos una entrevista con una familia francesa que tiene hasta el recibo de la cantidad de dinero que dio”.

La separación de los niños y sus familias y su desaparición “pueden clasificarse de la siguiente forma: 1) adopciones en las que existe un proceso judicial, siendo que la mayoría se asignaron a familias extranjeras, principalmente en Estados Unidos, Francia e Italia; 2) ‘adopciones de hecho’ o ‘apropiaciones’… en que familias salvadoreñas se hicieron cargo de los niños y las niñas pero jamás formalizaron la adopción…; 3) casos de “apropiación” por parte de militares, quienes los incluyeron como hijos, aunque la mayoría de los casos los niños fueron utilizados para trabajos domésticos o agrícolas; 4) niños o niñas que crecieron en orfanatos sin acompañamiento, en los cuales los encargados no intentaron encontrar a los parientes; y 5) niños y niñas que crecieron en instalaciones militares”, dice la CIDH en su fallo de octubre de 2011.

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