Consulados no registran a nacidos en México

Paisanos deben solicitar la búsqueda de actas de nacimiento en sus estados de origen en México

Juan Carlos Mendoza, cónsul adscrito, firma actas de nacimiento en el consulado.

Juan Carlos Mendoza, cónsul adscrito, firma actas de nacimiento en el consulado. Crédito: <copyrite>La Opinión - </copyrite><person>J. Emilio Flores< / person>

Los consulados no tienen la facultad para registrar y otorgar actas de nacimiento a los paisanos que nacieron en México, explicó el cónsul adjunto en Los Ángeles, Juan Carlos Mendoza.

“Eso es facultad de los registros civiles”, señaló. “Lo que nosotros podemos hacer es registrar a cualquier hijo de mexicano o mexicana por nacimiento que haya nacido fuera de México, ya que cualquier persona nacida en México tiene derecho a que sus hijos nacidos en el extranjero puedan ser registrados como mexicanos”.

Para quienes llegaron a Estados Unidos sin documentos, y que nunca fueron registrados en sus pueblos de origen, o que perdieron su acta de nacimiento, dijo que existen algunas opciones como la que ofrece el estado de Michoacán.

En marzo se anunció un procedimiento mediante el cual un migrante adulto nacido en ese estado, que haya sido llevado de niño al extranjero y que nunca fue registrado, pueda hacerlo mediante una carta poder.

“Hay que definir si el connacional no fue registrado o si perdió los documentos, porque si fue registrado lo que se puede hacer es que a través de las oficinas del migrante de los estados se realice una búsqueda en el registro civil de su municipio”, señaló el cónsul.

Lo más fácil es hacer una búsqueda con datos del solicitante: nombre, fecha y lugar de nacimiento, nombre de ambos padres y abuelos, libro, foja, tomo, acta, etc.. Por ley, en México todos los niños deben ser registrados dentro de los seis meses después de nacidos.

Esa búsqueda es necesaria aún si no fue registrado, recalcó el cónsul, para que le emitan una constancia de no existencia o de que no fue registrado.

“Los que pueden regresar al país deben hacerlo con esa constancia y en el registro público deben hacer la reconstrucción de su vida, con testigos de nacimiento, para que les registren una acta extemporánea”, mencionó el cónsul.

“Cuando no pueden regresar a México por cuestiones migratorias, ahí está el problema”, expresó.

El cónsul Mendoza estimó que no son muchas personas las que están en esa situación.

“En mi experiencia he visto casos muy contados, por lo que yo tengo conocimiento no es un problema de proporciones masivas, sí habrá gente que tenga ese problema, pero el porcentaje va a ser muy poco”, apuntó.

Una herramienta que puede ayudar a obtener sus datos de registro es ingresar en la página de internet de Gobernación: http://consultas.curp.gob.mx/CurpSP/

Si está registrado, ahí se pueden conseguir los datos del registro público para solicitar una copia certificada que en muchos estados se puede realizar a través de internet o llamando por teléfono.

Los teléfonos de los registros públicos de cada estado se pueden obtener en la guía paisano.

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