Aprueban ley para frenar la “Migra” en NYC

El Concejo Municipal busca evitar que inmigrantes indocumentados sin antecedentes penales sean deportados

Con esta ley ya NYPD no podrá retener a un inmigrante indocumentado por orden de ICE.

Con esta ley ya NYPD no podrá retener a un inmigrante indocumentado por orden de ICE. Crédito: Getty

Nueva York – La Policía o agentes carcelarios de la ciudad de Nueva York no podrán retener a un inmigrante indocumentado por disposición de las autoridades migratorias, a menos que haya una orden judicial de por medio. Así lo dicta la nueva ley aprobada este miércoles por el Concejo Municipal con una votación de (46-6).

La legislación, introducida a principios de octubre por la presidenta del Concejo Melissa Mark Viverito, busca evitar que inmigrantes que no tengan antecedentes criminales en los últimos cinco años sean deportados.

Esta ley además prohíbe que el Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE) mantenga unas oficinas que tiene en el sistema de cárceles Rikers Island.

“Esta legislación asegura que protejamos los derechos legales básicos de aquellos inmigrantes que interactúan con nuestro sistema judicial”, dijo Carlos Menchaca (D-Brooklyn), copatrocinador de la ley junto a Rafael Espinal (D-Brooklyn) y Daniel Dromm (D-Queens).

Solo seis concejales votaron en contra. Uno de ellos, el republicano Vincent Ignizio de Staten Island, dijo que la medida “causa gran inquietud en cuestión de seguridad.

El proyecto de ley especifica que además de la orden judicial, solo se entregará a inmigrantes indocumentados con condenas criminales serias, o los que sean identificados como terroristas o pandilleros en la base de datos de crimines nacionales. El Departamento de Correcciones (DOC) tampoco podrá notificar a ICE si el detenido ha sido puesto en libertad.

La ley todavía debe ser firmada por el alcalde Bill de Blasio quien expresó su respaldo por la misma la semana pasada.

Solo se colaborará con ICE si…

  • Hay una orden de detención judicial.
  • Si el detenido ha sido convicto por un crimen serio/violento.
  • Si tiene orden de criminal pendiente.
  • Si aparece en la base de datos de crímenes nacional como pandillero o terrorista.

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