Tribunal propina revés a Patrulla Fronteriza por muerte de adolescente

Los jueces consideran que los oficiales migratorios no tienen "poder absoluto" en el borde con México y EEUU

José Antonio Elena Rodríguez murió en México tras disparos de un agente fronterizo de EEUU.

José Antonio Elena Rodríguez murió en México tras disparos de un agente fronterizo de EEUU. Crédito: Getty Images / Editorial

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito dictaminó que la madre de un adolescente a quien un agente de la Patrulla Fronteriza disparó a través de la valla tiene el derecho legal de demandarlo a él y al gobierno federal en los tribunales de EEUU por daños y perjuicios.

En una opinión de 2-1, la mayoría del panel consideró que lo hecho a José Antonio Elena Rodríguez, asesinado en México, no supera el hecho de que la acción comenzó en Estados Unidos con las balas disparadas por Lonnie Swartz.

“Tenemos un gran interés en regular la conducta de nuestros agentes del gobierno en nuestro propio territorio”, escribió el juez Andrew Kleinfeld, reportó el Arizona Daily Star.

Kleinfeld también sugirió que el Departamento de Justicia (DOJ) era inconsistente al argumentar contra la responsabilidad civil en este caso.

Señaló que la misma agencia está utilizando sus leyes penales para enjuiciar a Swartz en un tribunal federal por cargos relacionados con el mismo incidente.

La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) consideró que el fallo del tribunal federal es histórico, ya que confirma que la Constitución no permite tiroteos transfronterizos injustificados y rechaza argumentos de que los agentes fronterizos no pueden ser considerados responsables por sus acciones en la frontera.

El caso “Rodríguez v. Swartz” fue presentado en nombre de la familia de Elena Rodríguez, un adolescente mexicano en Nogales, Sonora, que fue asesinado por el oficial Swartz en 2012.

El agente intentó infructuosamente que se desestimara la demanda, lo que provocó una apelación.

“Es inconcebible que cualquier oficial razonable podría haber pensado que él o ella podría matar [a José Antonio Elena Rodríguez] sin ningún motivo. Por lo tanto, Swartz carece de inmunidad calificada“, se consideró.

Lee Gelernt, subdirector del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes de ACLU, consideró que el triunfo llega en un momento importante para los inmigrantes.

“La corte dejó en claro que la Constitución no se detiene en la frontera y que los agentes no deberían tener inmunidad constitucional para matar a adolescentes mexicanos del otro lado de la cerca fronteriza”, consideró.

Un desacuerdo

El juez Milan Smith Jr. estuvo en desacuerdo con la decisión y dijo que no hay autoridad de los tribunales federales para escuchar reclamos por acciones fuera de los Estados Unidos.

Esa división virtualmente garantiza que este caso terminará en el Tribunal Supremo, incluso si los jueces allí dicen que Araceli Rodríguez, la madre de la víctima de 16 años, tiene derecho a demandar, eso no garantiza que un jurado en Tucson vea las cosas a su manera.

Elena Rodríguez estaba en México, cerca de la cerca fronteriza internacional en Nogales, cuando Swartz le disparó desde el lado de Arizona el 10 de octubre de 2012.

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