Resoluciones migratorias para el 2019

En mi primer columna Consulta Migratoria® del 2019, les ofrezco algunas recomendaciones para el nuevo año

Nelson Castillo.

Nelson Castillo. Crédito: Suministrada

Cerramos el 2018 con gran incertidumbre sobre el futuro de inmigrantes indocumentados en los Estados Unidos, qué pasará con los jóvenes de DACA, TPS, las miles de personas de la caravana proveniente de Centroamérica que buscan asilo y el futuro de peticiones para algunos familiares ante promesas de algunos legisladores de reducir el ingreso de miembros extendidos de la familia de ciudadanos y residentes permanentes de Estados Unidos. No se sabe si habrán cambios en la política migratoria en el nuevo año. Pero ante tantas interrogantes, hay que estar preparado.

El temor y la desesperación son muy malas consejeras. Hay que pensar bien las cosas y actuar adecuadamente para mejorar las probabilidades de éxito en trámites migratorios. Por eso, les tengo las siguientes recomendaciones para el 2019:

1. Hazte ciudadano estadounidense. Se estima que hay más de 9 millones de residentes permanentes que son elegibles para solicitar la ciudadanía estadounidense. Estas personas deben convertirse en ciudadanos lo más pronto posible para tener más derechos, conseguir mejores empleos y tramitar peticiones de familiares inmediatos de forma más rápida. Además, al ser ciudadanos, ya no los pueden deportar del país, al menos que cometieron fraude para conseguir la ciudadanía estadounidense.

2. Ayuden a familiares a emigrar a los Estados Unidos. Ciudadanos y residentes permanentes de los Estados Unidos pueden tramitar peticiones familiares para traer legalmente a sus familiares al país.

Ciudadanos tienen más ventajas: pueden pedir a padres, cónyuges, hijos y hermanos solteros o casados. También pueden traer a hijos casados junto a sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años. Eso significa que pueden traer a sus nietos de forma derivada, por medio de la petición de un hijo casado, aunque no pueden presentar una petición directa para un nieto.

Residentes permanentes: sólo pueden pedir a cónyuges e hijos solteros de cualquier edad. Ciudadanos y residentes permanentes deben presentar las solicitudes lo antes posible porque varios de estos trámites llevan muchos años.

Actualmente, la ley no permite presentar peticiones familiares para abuelos, nietos, tíos, primos y sobrinos de ciudadanos o residentes permanentes.

Durante años se presentaron propuestas en el Congreso de Estados Unidos para limitar la inmigración por medio de familia. Recientemente, el presidente Trump y varios legisladores insistieron que hay que terminar con la “inmigración en cadena”, que permite a ciudadanos y residentes permanentes de Estados Unidos traer familiares. Debido a esto, no se sabe si habrán cambios a las leyes de inmigración. Por lo tanto, si está a su alcance, pidan a familiares elegibles lo más pronto posible.

3. Averigüen si son elegibles para un beneficio migratorio. Consulten con un abogado de inmigración para ver si existen vías para obtener un estatus legal temporal o permanente. Es importante hacer una evaluación de su situación para tener claridad sobre sus opciones legales.

4. Si son elegibles, soliciten la residencia permanente. Si tienen familiares residentes o ciudadanos, empleadores que desean patrocinarlos, o actualmente están albergados bajo programas especiales como la visa U y cumplen con todos los requisitos, deben iniciar el trámite lo antes posible para asegurar su estatus legal en el país.

Conozco a personas que retrasan hacer trámites migratorios por descuido o falta de información. Hacer estos trámites son una inversión con beneficios incalculables, ya que obtendrían un estatus legal y autorización para trabajar en Estados Unidos – algo que les daría acceso a una mejor vida y prosperidad en el país.

5. Nunca mientan en solicitudes de inmigración. El gobierno federal investiga a fondo toda la información que un extranjero presenta en su solicitud para emigrar al país. Si determinan que mintieron en una solicitud para trámites migratorios, pueden penalizar severamente a los peticionarios y negarle el beneficio que está solicitando.

Hay instancias en que extranjeros consiguen un estatus migratorio tras cometer fraude. Pero eso no significa que están a salvo. Si después de otorgar un beneficio migratorio, el gobierno federal se da cuenta que un inmigrante cometió fraude, le pueden revocar la residencia, ciudadanía y deportarlo.

6. No contraten a notarios públicos, consultores de inmigración o multiservicios para recibir asesoría legal migratoria. A lo largo de los años, he escrito muchas columnas y consejos en lo que insisto que nunca deben recurrir a estas personas para obtener asesoría legal. También he reportado sobre varios casos de malhechores que falsamente prometen ayudar a inmigrantes, cuando en realidad están aprovechándose de su necesidad y vulnerabilidad para enriquecerse. Lamentablemente, estafan a personas que no tienen posibilidad de arreglar su situación o arruinan y perjudican casos migratorios viables.

No jueguen con su futuro legal en el país. Busquen buena asesoría para saber si verdaderamente tiene vías legales para permanecer en el país y realizar trámites de la manera correcta.

En Estados Unidos sólo abogados con licencia o representantes acreditados por el gobierno federal están autorizados para brindar asesoría legal.

7. Siempre verifiquen las credenciales del abogado o representante acreditado por el gobierno. Asegúrese que el experto legal que contrate tenga licencia, experiencia y ningún historial criminal. Pida ver sus diplomas, certificaciones y comprobantes que pueden ejercer leyes. Si no se los quieren mostrar, es mala señal. Si sospechan que le están mostrando documentación falsa, pueden verificar si un abogado tiene autorización para ejercer con la Barra de Abogados del estado donde esté matriculado.

Como la ley de inmigración es federal, un abogado puede estar matriculado en cualquier estado. Pregúntenle al abogado en qué estado está registrado como abogado. En el caso de un representante acreditado, pueden verificar con el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

8. Reporten si son víctimas de crímenes. Si un inmigrante indocumentado es víctima de un crimen, debe reportarlo a la policía, sin temer ser reportado a las autoridades migratorias. El haber sido víctima de ciertos crímenes podrían hacerlo elegible para una visa U, que le permite vivir y trabajar legalmente en el país. Pero si no reporta el crimen a la policía, no podrá hacer el trámite.

9. Eviten problemas con la ley. Uno de los requisitos para obtener la residencia o ciudadanía estadounidense es que el inmigrante debe tener buena conducta moral. Si tiene problemas con la ley – como manejar bajo la influencia del alcohol o cometer un acto de violencia doméstica – puede considerarse tener mala conducta moral. Esto puede perjudicar sus trámites o ser causa para que le nieguen beneficios migratorios.

Residentes permanentes que cometen ciertos crímenes pueden ser deportados. Personas dentro del programa de Estatus de Protección Temporal (TPS, siglas en inglés) pueden perder su estatus migratorio si los encuentran culpables de dos delitos menores (misdemeanor, en inglés) o un delito mayor (felony, en inglés).

10. Guarden sus archivos migratorios y comprobantes que han vivido en los EE.UU.

Para evaluar si existen opciones para obtener un estatus legal y preparar trámites migratorios es necesario saber el historial de la persona, incluyendo si presentaron solicitudes en el pasado y qué trámites migratorios hicieron anteriormente. Siempre pidan una copia de todo documento enviado al gobierno federal y guárdelo en sus archivos. Si cambian de abogado o el gobierno federal pierde algún documento, tendrán copias que servirán para hacer futuros trámites migratorios.

Es importante guardar recibos de renta, servicios, etc., que demuestren que ha estado viviendo en el país. Muchos beneficios migratorios requieren comprobar estancia continua en los Estados Unidos por cierta cantidad de tiempo y esos recibos serán su comprobante.

11. Hacer sus impuestos. Por ley, toda persona, sin importar su estatus legal, debe presentar una declaración de impuestos si ganan más de lo que la ley requiere. Hacer sus impuestos todos los años sirve para comprobar su estadía en Estados Unidos y demostrar que tiene buena conducta moral. Indocumentados sin un número de seguro social deben conseguir un Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN, siglas en inglés) para poder presentar sus planillas. Consulten con un contador que tenga licencia y experiencia para que los asesore.

Si no presentan impuestos, el gobierno federal pueden penalizarlo con multas e intereses sobre el dinero no pagado al Servicio de Impuestos Internos (IRS, en inglés).

12. Ahorrar para costear trámites migratorios. Además de tener que pagar por una buena asesoría legal, todo trámite migratorio tiene costos. Dependiendo del historial, complejidad del caso y la situación actual del inmigrante, los costos pueden llegar a ser elevados. Muchos casos se llevan por etapas, por lo que no se necesita todo el dinero de una vez. Pero hay que estar preparados.

Ahorrar es importante aunque actualmente no tengan una vía para obtener un estatus legal, porque si hay una reforma migratoria en el futuro deben estar preparados para pagar multas, además de tarifas para realizar los trámites.

Gracias por leer mi columna y por todas las preguntas que me enviaron durante el 2018. Seguiré informándoles en el 2019. ¡Les deseo un feliz y próspero Año Nuevo!

Para más información y consejos de inmigración, visite mi sitio web Inmigración Hoy.

Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.

El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para información sobre como consultar con el Dr. Castillo, haga clic aquí.

El propósito de esta columna es brindar información general. No se puede garantizar ni predecir cual será el resultado de la información presentada por el Dr. Nelson A. Castillo. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación. Esta columna podría ser considerada un anuncio por los Reglamentos de Conducta Profesional de abogados de varios estados, incluyendo en California y Nueva York. Consulte con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.

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Consulta Migratoria Nelson Castillo

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