¿Contratista o empleado?, errar en esto no viola la ley
Clasificar equivocadamente a un empleado como contratista independiente no es en sí mismo una violación de la Ley Nacional de Relaciones Laborales. Así lo han decidido tres de los miembros del Consejo Nacional de Relaciones Laborales –nombrados por el Partido Republicano– en oposición al único elegido por los demócratas.
En un momento en el que se debate la situación de muchos de los trabajadores de la gig economy, o trabajo por tareas a través de plataformas digitales, esta decisión es una victoria para los empleadores y da alas a este tipo de empresas. Estos tienen que garantizar menos protecciones legales a los contratistas que a las personas con las que tienen una relación laboral como empleado. Los contratistas, apenas tienen beneficios y no pueden ser miembros de una Union.
La decisión de este consejo, que se deriva del caso Velox Express en California, significa que un empleador no viola la ley si comunica erradamente a un empleado que es un contratista y por lo tanto no se beneficia de las protecciones legales establecidas. Tendrá que reclasificar adecuadamente al empleado pero no habrá consecuencias.
El Consejo asegura que una comunicación errónea no amenaza de forma inherente “a quienes están empleados con la finalización del empleo u otra acción adversa”.
En el caso Velox Espress el Consejo encontró que los trabajadores eran empleados y no contratistas por lo que estaban amparados por las leyes. Por eso se consideró que el empleador violó la legislación al echar a uno de los empleados que hizo ver lo erróneo de la clasificación. Este empleado estaba cubierto por los derechos laborales pero el hecho de no clasificarlos bien no implica que el empleador contraviniera con ello la ley.