Senado de Puerto Rico aprueba proyecto para aumentar salario mínimo a $9.00 la hora
El Proyecto de la Cámara 338 dispone que el salario mínimo estatal en la isla prevalecerá siempre y cuando sea superior al salario mínimo federal
Por Javier Colón Dávila
El Senado aprobó esta noche a viva voz el proyecto que establece política pública la revisión periódica del salario mínimo en la isla tomando como base el aumento en el costo de la vida e incluye un alza a $9.00 la hora en Puerto Rico.
El salario mínimo actual en el territorio es de $7.25 la hora y no se ajusta desde el 2009. Ya que fue aprobado con enmiendas, falta que la Cámara de Representantes concurra con los cambios o decida ir a comité de conferencia.
El gobernador Pedro Pierluisi ha dicho que está inclinado a convertir el proyecto en ley si llega a su escritorio.
Salario mínimo estatal prevalecerá sobre el federal
El Proyecto de la Cámara 338 dispone, por ejemplo, que el salario mínimo estatal en la isla prevalecerá siempre y cuando sea superior al salario mínimo federal. Igualmente, la pieza legislativa crea la Junta Evaluadora de Salario Mínimo.
El proyecto es de la autoría de los representantes Héctor Ferrer Santiago, Ramón Luis Cruz Burgos, Jesús Manuel Ortiz, Juan José Santiago y Domingo Torres García.
En el Senado la medida fue trabajada por Juan Zaragoza y José Vargas Vidot.
Medida para atajar altos niveles de pobreza en la isla
“Logrando esta aprobación vamos por buen camino para mitigar el nivel de pobreza y adecuar el salario mínimo al costo de vida de los trabajadores. La Comisión de Hacienda y Gobierno del Senado enmendó dicho Proyecto para restituir la Junta de Salario Mínimo. Esta Junta actuará como un ente independiente, con capacidad técnica que tendrá la facultad de aumentar el salario mínimo de manera escalonada cada dos (2) años, para asegurarnos que se ajuste el salario mínimo a las alzas de costo de vida de toda clase trabajadora. Con este gran paso estaremos despolitizando la determinación sobre cuál será el salario mínimo” expresó en declaraciones escritas Zaragoza Gómez.
Legislación establece la Junta de Salario Mínimo
“Es importante recalcar que nuestra propuesta comprende de un salario base (no final) de donde partir y que responde a la necesidad inmediata de un aumento. Además, la parte más importante de esta medida es la restitución de la Junta de Salario Mínimo que será un foro constante de discusión, investigación y respuesta. Esta medida incentiva el trabajo y está centrada en la gente, en que tengan lo suficiente para atender sus necesidades básicas. Además, nos permite responder inmediatamente al reclamo constante de un aumento en el salario mínimo y que no pasen, nuevamente, 12 años para recibir otro aumento”, añadió el senador Vargas Vidot.
Que nadie que trabaje a tiempo completo esté bajo el nivel de pobreza
“La decisión sobre cuál será el salario mínimo no puede estar en manos de intereses políticos o particulares. Segundo, debe haber un objetivo consciente sobre el propósito de tener un salario mínimo como prioridad. A nuestro juicio, el principal objetivo de política pública para adoptar un mínimo salarial es que nadie que trabaje a tiempo completo esté bajo el nivel de pobreza y que todo trabajador tenga suficiente ingreso como para cubrir sus necesidades básicas”, lee el informe positivo de la medida rendido por tres comisiones del Senado.
Aumento en salario no aplica a empleados gubernamentales
En lo que concierne al aumento a $9.00, la medida establece que comenzaría a los 120 días de que entre en vigor la nueva ley y hasta que la propuesta Junta Evaluadora del Salario Mínimo emita –si aplica- un decreto variándolo. Se aumentará el salario mínimo a dicha cantidad a los trabajadores cobijados bajo la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo (Fair Labor Standards Act), incluyéndose a los empleados de la industria agrícola que actualmente están eximidos de la aplicación de dicha ley. El incremento a $8.50 no aplicaría a empleados de agencias de gobierno, instrumentalidades, municipios, el Poder Judicial y la Rama Legislativa.
Les aplicarían decretos “especiales” a los llamados “administradores”, “ejecutivos” y “profesionales” y a los empleados que dependen de propinas y a los empleados agrícolas. Sin embargo, el aumento inicial de $9.00 sí les aplicaría a los trabajadores del sector agrícola.
Actualmente, 29 estados y el Distrito de Columbia tienen un salario mínimo mayor al federal. Los restantes estados se dividen como siguen: 14 estados que se rigen por el mínimo federal, dos estados poseen un permiso del gobierno federal para tener un mínimo menor al federal y cinco estados no tienen un salario mínimo federal establecido.
El proyecto crea la Junta Evaluadora del Salario Mínimo, que operará con fondos del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. El organismo estará integrado por siete personas, de las cuales dos representarán los intereses de los trabajadores, dos representantes de los patronos, un economista presentado por el Instituto de Relaciones del Trabajo de la Universidad de Puerto Rico (UPR), otro será un economista experto en asuntos laborales recomendado por el Departamento de Economía del recinto de Río Piedras de la UPR.
También formará parte de la Junta el secretario del Trabajo y Recursos Humanos, quien la presidirá.
Los representantes de los intereses de los trabajadores serán nombrados por el gobernador de una terna recomendada por dos o más organizaciones de trabajadores. Una vez sean nombrados por el gobernador, requerirían la autorización del Senado.
En el caso de los representantes de los intereses de los patronos, serán nombrados también por el gobernador de una terna de asociaciones y agrupaciones cuyos miembros representen los intereses de industrias y negocios. Estos representantes también deberán ser confirmados por el Senado.
Entre los deberes de la Junta consignados en la medida se incluyen: preparar un informe anual respecto a los salarios, horarios, beneficios, remuneraciones y las condiciones de trabajo que prevalecen en las distintas industrias en Puerto Rico.