USCIS publica nuevas reglas para aplicar a asilo para personas con deportaciones canceladas o desestimadas

Las nuevas instrucciones aplican a las solicitudes de asilo presentadas por personas cuyos procedimientos de deportación fueron desestimados o cancelados y entran en vigor el próximo lunes 16 de octubre

Solicitantes de asilo hacen fila ante el edificio federal Jacob K. Javits el 6 de junio de 2023, en la ciudad de Nueva York.

Solicitantes de asilo hacen fila ante el edificio federal Jacob K. Javits el 6 de junio de 2023, en la ciudad de Nueva York. Crédito: David Dee Delgado | Getty Images

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) publicó nuevas instrucciones aplicables a las solicitudes de asilo presentadas por personas cuyos procedimientos de remoción fueron desestimados o cancelados por la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR).

A partir del 16 de octubre de 2023, si EOIR desestimó o canceló los procedimientos de remoción de un inmigrante y este decide presentar una solicitud de asilo, debe presentar una versión actual del Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, con la localidad segura (lockbox) de USCIS que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia.

Instrucciones para inmigrantes con solicitud de asilo pendiente

Si el inmigrante tenía una solicitud de asilo pendiente cuando EOIR desestimó o canceló sus procedimientos de remoción, debe incluir en su envío cualquier información adicional o actualizada relacionada con su solicitud de asilo.

USCIS recomienda que junto a la solicitud de asilo se presente evidencia que demuestre que: EOIR desestimó o canceló sus procedimientos de remoción, tales como una copia de la Orden de Desestimación o Cancelación, y que el aplicante tenía un Formulario I-589 pendiente con EOIR cuando desestimaron o cancelaron sus procedimientos de remoción.

Si la evidencia demuestra que el solicitante de asilo presentó un Formulario I-589 antes de la fecha en que EOIR desestimó o canceló sus procedimientos de remoción, se le emitirá una notificación de recibo con la fecha de presentación original de su Formulario I-589.

Y  esa es la fecha que USCIS usará para propósitos de la fecha límite de un año para presentación de la solicitud, elegibilidad para autorización de empleo en función de una solicitud de asilo pendiente, la prioridad para programar una entrevista de asilo y las determinaciones de edad para los menores dependientes solicitantes de asilo. 

Instrucciones para inmigrantes que presentan una solicitud de asilo por primera vez

Si el solicitante no presentó un Formulario I-589 antes de la fecha en que EOIR desestimó o canceló sus procedimientos de remoción, USCIS le expedirá una notificación de recibo con la fecha de presentación de su actual Formulario I-589.

Instrucciones para inmigrantes con solicitud de asilo ante tribunales de inmigración

Si el solicitante presentó originalmente una solicitud de asilo con USCIS (conocida como una solicitud de asilo afirmativo) y se refirió, envió o transfirió su solicitud de asilo al tribunal de inmigración donde quedó pendiente hasta que se desestimaron o cancelaron los procedimientos, USCIS tiene la intención de expedir una nueva Notificación de Comparecencia discrecional para remitir al solicitante de asilo de nuevo a EOIR para que presente una nueva solicitud de asilo.

Recomendaciones generales para este procedimiento

Para evitar las demoras en el procesamiento, lea cuidadosamente las secciones “Dónde Presentar su Solicitud” e “Instrucciones Especiales” de la página de USCIS del Formulario I-589 antes de presentar su solicitud.

Use la Herramienta de Instrucciones para Presentación de Solicitudes para saber si usted es elegible para presentar el Formulario I-589 con USCIS en línea o en formato impreso.

Consulte la página del Formulario I-765 para obtener información sobre los Documentos de Autorización de Empleo para solicitantes que tienen pendiente una solicitud de asilo o de suspensión de remoción bajo 8 CFR 274a.12(c)(8).

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