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USDA confirma que reforzará proceso de recertificación para elegibilidad a SNAP

En declaraciones a El Diario, un portavoz de la agencia confirmó que buscan “poner fin al fraude, el despilfarro y el abuso constante del programa SNAP”

Millones de personas dependen del programa para alimentación básica.

Millones de personas dependen del programa SNAP para alimentación básica. Crédito: Stephanie Scarbrough | AP

NUEVA YORK – El Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) indicó a El Diario que utilizarán varias herramientas, incluyendo los procesos estándar de recertificación, para asegurarse que las personas que se benefician del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP) sean elegibles.

En declaraciones escritas a pedido de El Diario, un portavoz de la agencia confirmó que la intención detrás de los cambios es “poner fin al fraude, el despilfarro y el abuso constante del programa SNAP”.

“Anteriormente, las tasas de fraude solo se suponían, y el presidente Trump está tomando medidas al respecto”, añade el mensaje de la oficina de prensa.

De acuerdo con USDA, utlizarán procesos estándar de recertificación y otras herramientas para determinar la elegibilidad de los solicitantes al programa.

“Parte de este trabajo consiste en utilizar procesos estándar de recertificación para los hogares, así como en el análisis continuo de los datos estatales, el desarrollo de nuevas regulaciones y una mayor colaboración con los estados”, puntualizaron.

La información provista por la agencia a este rotativo responde a los reportes que han trascendido en los últimos días en los que su secretaria Brooke L. Rollins afirmó que se estaban enviado cheques SNAP a nombre de unas 186,000 personas fallecidas.

Rollins hizo referencia a datos que la agencia recibió de 29 estados, en su mayoría republicanos.

Información en la página web de USDA alerta sobre inquietudes relacionadas con las personas que reciben beneficios SNAP sin cumplir con los requisitos. Lo anterior es resultado de doble participación, fallecimiento o encarcelamiento. “Prevenir y detectar estas situaciones es fundamental para la integridad del programa”, indica la entrada del 2011 titulada “Verificaciones rutinarias con los estados vecinos para evitar la participación duplicada y realizar cotejos de verificación de fallecidos y presos”.

Cabe señalar que el Servicio de Alimentos y Nutrición (FNS) exige que todos los estados cotejen la información que manejan con el Registro Maestro de Defunciones de la Administración del Seguro Social (SSA) para garantizar que no se cobren beneficios a nombre de una persona fallecida.

Este requisito de revisión se promulgó mediante la Ley Pública 105-379 el 12 de noviembre de 1998.

“Dicha ley, que modificó la Sección 11 de la Ley de Cupones para Alimentos de 1977 (7 USC 2020), exigía que todas las agencias estatales establecieran un acuerdo de cooperación con la SSA para obtener información sobre las personas fallecidas y utilizarla para verificar y garantizar que no se emitan beneficios a dichas personas”, especifica el sitio web.

Con la aprobación en el Congreso de la Gran y Hermosa Ley de Presupuesto (OBBBA) este verano se modificó la sección 6(f) de la FNA para limitar la elegibilidad a SNAP de ciudadanos estadounidenses, nacionales estadounidenses, residentes permanentes legales (LPR), inmigrantes cubanos y haitianos, y ciudadanos de países del Tratado de Libre Asociación (COFA).

Una entrada explicativa en USDA titulada “Implementación de SNAP de la Ley Única y Hermosa de 2025: Elegibilidad para el SNAP para extranjeros”, señala que, antes de la OBBB, ciertos extranjeros con presencia legal en el país, según la definición de PRWORA (Ley sobre la Reconciliación de la Responsabilidad Personal y las Oportunidades de Trabajo), eran elegibles para recibir los beneficios del SNAP si cumplían con los demás requisitos de elegibilidad del SNAP y completaran un período de espera de 5 años, a menos que estuvieran exentos por la PRWORA.

Tras la OBBB, algunos grupos de extranjeros que antes eran elegibles para el SNAP ya no lo son. Los extranjeros siguen sujetos a un período de espera de 5 años, a menos que estén exentos por la PRWORA.
En el caso de nacionales estadounidenses no ciudadanos, participantes cubanos y haitianos y ciudadanos de países tratados de libre asociación (Pactos de Libre Asociación), estos son elegibles de inmediato, sin período de espera, siempre y cuando cumplan con todos los demás requisitos de elegibilidad financieros y no financieros del SNAP.

Los residentes permanentes legales o titulares de Green Card (Tarjeta Verde), podrán solicitar SNAP tras un período de espera de cinco años si cumplen con todos los demás requisitos de elegibilidad, tanto financieros como no financieros.

Los residentes permanentes legales pueden solicitar al programa sin período de espera si cumplen con una o más de las siguientes condiciones:

  • Ser menor de 18 años
  • Tener 40 trimestres de trabajo que califiquen
  • Ser ciego o discapacitado
  • Haber residido legalmente en los Estados Unidos y tener 65 años o más el 22 de agosto de 1996
  • Tener vínculos con las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
  • Haber sido admitidos en los Estados Unidos como inmigrantes amerasiáticos
  • Ser indígena estadounidense nacido en el extranjero
  • Pertenecer a ciertas tribus hmong o de las tierras altas de Laos

En cuanto al periodo de certificación, la información especifica que la FNA exige que las agencias estatales utilicen el programa de Verificación Sistemática de Extranjeros para Beneficios (SAVE) para verificar el estatus migratorio de todos los extranjeros que participan en el SNAP antes de su certificación.

“El Servicio de Alimentación y Nutrición (FNS) recomienda encarecidamente a los estados que consulten el SAVE siempre que se realicen cambios o recertificaciones. Mediante estas actualizaciones, las agencias estatales pueden obtener información durante el período de certificación de un hogar que indique que un extranjero ya no tiene un estatus o designación migratoria que lo haga elegible para el SNAP”, exponen.

Por otro lado, antes de la aprobación de OBBB, las personas de entre 18 y 54 años estaban sujetas al límite de edad de la Ley ABAWD (Adultos Habilitados para Trabajar sin Dependientes). Bajo el nuevo estatuto, se amplía la edad de las personas sujetas a este límite a 64 años. Por lo tanto, las personas de entre 18 y 64 años ahora están sujetas al límite de edad a menos que cumplan con alguna otra excepción.

Tras la aprobación inicial de los beneficios, las autoridades estatales certifican a los participantes del programa por cierto número de meses, lo que se conoce como período de certificación.

Actualmente, el período de certificación bajo SNAP varía según la situación del hogar y sus ingresos y puede extenderse desde un mes hasta tres años.

Posteriormente, el beneficiario debe someterse a un proceso de recertificación, en el que se le pedirá a la persona que confirme y actualice la información acerca de los integrantes del hogar, sus ingresos y sus gastos.

La mayoría de los beneficiarios pueden recibir beneficios de SNAP por solo tres meses en un periodo de tres años si no cumplen con los requisitos laborales o de capacitación.

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