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Jueza federal declara ilegal política del DHS que prohíbe audiencias de fianza a migrantes detenidos

Una jueza en California determinó que la Administración Trump no puede mantener a migrantes detenidos sin garantizarles una audiencia de fianza

Centro de Procesamiento de ICE en Georgia

Un Centro de Procesamiento de ICE en Folkston, Georgia. Crédito: Mike Stewart | AP

NUEVA YORK – Por entender que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) no siguió el debido proceso y violó la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), una jueza federal en California determinó que la Administración Trump no puede mantener a inmigrantes detenidos sin garantizarles una audiencia de fianza.

Este martes, la jueza Sunshine Sykes concedió la Moción de Certificación en la demanda de clase que encabezó Lázaro Maldonado Bautista.

La magistrada del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California tomó la decisión en respuesta a las alegaciones de los peticionarios de que la política del DHS era contraria a la ley.

“La clase certificada se define de la siguiente manera: Clase Elegible para Fianza: todos los extranjeros en los EE.UU. sin estatus legal que hayan ingresado o ingresen a los EE.UU. sin inspección; no hayan sido detenidos ni serán detenidos a su llegada; y no estén sujetos a detención según el Título 8 del Código de los Estados Unidos, § 1226(c), § 1225(b)(1) o § 1231, al momento en que el Departamento de Seguridad Nacional tome la determinación inicial de custodia”, especifica la orden de Sykes.

De acuerdo con el documento judicial, los demandantes llegaron a EE.UU. sin inspección. Posteriormente, fueron arrestados y detenidos en un Centro de Procesamiento del ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas), y un juez de inmigración les negó las audiencias de fianza, bajo el alegato de falta de jurisdicción.

“Al momento de su arresto, se les impuso la inadmisibilidad por motivos que no los sometieron a detención obligatoria, según lo exigen los artículos 1225(b)(1), 1226(c) o 1231. A pesar de ello, los peticionarios permanecieron detenidos hasta que el Tribunal les concedió su orden temporal. Tras la orden temporal, se les concedieron audiencias de fianza individualizadas”, añade el escrito.

Aparte de Maldonado Bautista, Ananias Pasqual, Ana Franco Galdamez y Luiz Alberto de Aquino son peticionarios en el pleito.

Tras haber sido puesto en libertad bajo fianza, Bautista decidió que sería el representante designado del grupo.

“Bautista indica que entiende que ‘representaría a un gran número de personas que han ingresado a Estados Unidos sin inspección’ y que ‘ICE no está considerando (a esas personas) para la fianza’. La declaración también indica que entiende que ‘representaría a personas que se encuentran actualmente detenidas y a quienes se les ha denegado la consideración para la fianza por la misma razón que (él)’”, añade el texto sobre el papel del migrante.

Bautista declaró que su función implicaría representar “los intereses de todos los miembros del grupo en esta demanda y que es [su] responsabilidad representar los intereses de cada grupo en su conjunto y no solo los suyos”.

En julio pasado, el DHS comenzó a implementar una política que eliminó la posibilidad de que los inmigrantes solicitaran la libertad bajo fianza, independientemente de si habían vivido en EE.UU. durante años o si tenían antecedentes penales.

El director interino de ICE, Todd Lyons, emitió una guía provisional para todos los empleados de la agencia en la que señalaba que el DHS había revisado su postura legal sobre las facultades de detención y liberación y concluyó que la sección 235 de INA y no la 236 era la que debía aplicarse para inmigrantes detenidos que solicitaran admisión.

El artículo 235 establece procedimientos para la expulsión acelerada o expedita de ciertos extranjeros.

Con base en la orden, se determinó que los extranjeros estarían sujetos a detención y no podrían ser liberados de la custodia de ICE, salvo mediante la libertad condicional prevista en la sección 212(d)(5) de la INA. Los detenidos tampoco tendrían derecho a una audiencia de revisión de la detención o de fianza ante un juez de inmigración.

Bajo gobiernos pasados, migrantes, incluyendo los que entraron al país sin autorización, podían ser elegibles para la libertad bajo fianza y podrían ser soltados mientras sus casos continuaban viéndose en cortes.

Tras la reciente decisión de Sykes, migrantes que fueron detenidos bajo la nueva política podrían tener sus audiencia judiciales para una potencial liberación.

La demanda fue presentada en nombre de los cuatro mencionados a quienes se les negó la posibilidad de fianza poco después de que se anunciaran las nuevas guías.

El 28 de julio, la jueza emitió una orden de restricción temporal que aplicaba a los cuatro demandantes iniciales. Posteriormente, los abogados solicitaron la ampliación de la demanda para hacerla colectiva y que aplicara a los que se podrían ver afectados por la nueva regla del DHS y ICE.

El 11 de agosto, los demandantes presentaron la moción sobre la que Sykes decidió ayer. Los peticionarios solicitaron la anulación de las políticas de los demandados para dos grupos. La jueza decidió a favor del grupo con derecho a fianza.

Como parte de la orden, el tribunal fijó una conferencia de seguimiento para el 16 de enero de 2026 y pidió a las partes presentar un informe conjunto de seguimiento el 9 de enero.

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