Tribunal dominicano desconoce a la Corte Interamericana

La Corte no tendría competencia para juzgar casos de Derechos Humanos

La adhesión fue hecha durante el gobierno de Leonel Fernández

La adhesión fue hecha durante el gobierno de Leonel Fernández Crédito: CIDH

Santo Domingo – República Dominicana desconoció la competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte-IDH) para juzgar asuntos relativos al país, mediante una sentencia del Tribunal Constitucional.

El tribunal, encabezado por Milton Ray Guevara, declaró “inconstitucional” el acuerdo de adhesión a la Corte-IDH firmado por el entonces presidente Leonel Fernández 19 de febrero 1999.

El organismo determinó que la adhesión de Fernández al organismo de la Organización de Estados Americanos (OEA) que tiene sede en Costa Rica debió ser ratificada por el Congreso Nacional, como dispone el artículo 55.6 de la Constitución de 2002.

El tribunal decidió sobre el tema al dirimir una instancia presentada en 2005 por un grupo de nacionalistas, encabezados por el entonces diputado Pelegrín Castillo y el abogado Juan Miguel Castillo Pantaleón.

La sentencia se dio a conocer después de que hace poco la Corte-IDH condenó a República Dominicana por “repatriaciones indiscriminadas” hacia el vecino Haití de dominicanos y haitianos. De inmediato, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, César Pina Toribio, adelantó que el Gobierno se verá en la obligación de acatar el fallo del Tribunal Constitucional.

Para su decisión el tribunal encabezado por Ray Guevara alegó que para que las decisiones de la Corte-IDH sean vinculantes para el Estado dominicano, la aceptación de su competencia debió haber cumplido los requerimientos del artículo 37, numeral 14, de la Constitución de 2002, que manda al Congreso Nacional a “aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que celebre el Poder Ejecutivo”.

Los jueces alegaron que la decisión e Fernández debió ir al Congreso, “sobre todo, en razón de que dicha aceptación transfiere competencias jurisdiccionales que podrían lesionar la soberanía nacional, el principio de la separación de los poderes, y el de no intervención en los asuntos internos del país, normas invariables de la política internacional dominicana”.

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