Los límites de la soberanía en República Dominicana

Yo crecí cerca de bateyes en donde viven los haitianos que trabajan en el corte y recolección de la caña, pero nunca me dejaron entrar. Es peligroso, me decía mi mamá; ahí vive el diablo, me decía mi tía. Cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos entró en diferentes bateyes del país la semana pasada encontró al diablo, pero el diablo de la pobreza, la exclusión y la discriminación. La CIDH visitó al país para observar la situación de los derechos a la nacionalidad, igualdad y no discriminación dentro de la situación creada por la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, que arrebata la ciudadanía a más de 200,000 dominicanos de ascendencia haitiana. Mientras los miembros de la CIDH compartían con haitianos, dominicanos, oficiales del gobierno, y otras organizaciones internacionales, grupos de individuos vociferaban en radio, televisión y prensa escrita su total desacuerdo con la visita de la Comisión, esgrimiendo el argumento de la soberanía nacional, el derecho de un estado a ejercer su poder.

Lo que ignoran estos individuos es que la soberanía tiene sus límites. Uno de los objetivos de las Naciones Unidas, creadas el 24 de octubre del 1945, es proteger los derechos fundamentales de hombres y mujeres y preservar la dignidad y el valor de la persona humana. La República Dominicana es parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos desde 1948, participó en la formación de CIDH y ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 1978. Medidas coercitivas pueden implementarse en contra de un estado que viole esos derechos. En el caso de República Dominicana, estos límites adquieren magnitud por la historia de violaciones a los derechos humanos de haitianos residentes en el país. La lista es interminable: la matanza de miles de haitianos en el 1937, deportaciones masivas, segregación en bateyes, desnacionalización, pequeñas masacres como el caso de Guayubín en el 2010 y la promoción de sentimientos de odio hacia los haitianos. Por estas razones la CIDH ha realizado varias visitas in loco al país (1961, 1963, 1965, 1966, 1991, 1997 y 2013) para observar los estándares nacionales de protección de los derechos humanos. En ocasiones ha emitido sentencia, como es en el caso de la matanza de Guayubín.

Durante la visita del 2 al 5 de diciembre de este año, la CIDH observó que la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional es una “privación arbitraria de la nacionalidad”, contiene “múltiples niveles de discriminación”, limita el acceso a la justicia de los afectados e incita a la intolerancia y a la violencia. Ante estas observaciones, la CIDH recomendó que se debe garantizar el derecho a la nacionalidad de las personas que ya tenían este derecho entre 1929 y 2010.

Ante la presión del Derecho Internacional, la soberanía nacional pierde su sentido hermético. Debe en cambio abocarse a proteger los derechos humanos y evitar el surgimiento de nuevos Hitlers o nuevos Trujillos, cuya xenofobia cortó la vida de millones de seres humanos.

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