Los ‘elegidos’

Se estima que en EEUU hay más de 11 millones de inmigrantes indocumentados, pero no todos califican para solicitar la Acción Diferida

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¿Quiénes se benefician?

Personas que tienen Acción Diferida (DACA) actualmente y nuevos solicitantes, incluyendo aquellas personas nacidas antes del 15 de junio de 1981, que cumplen todos los demás requisitos de DACA.

Personas jóvenes que llegaron a este país antes de cumplir los 16 años de edad y que han estado físicamente presentes en el país desde el 1 de enero de 2010.

Padres de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales que han estado en el país desde el 1 de enero de 2010 si su hijo o hija nació antes del 20 de noviembre de 2014 y que no sean prioridad en la lista de deportaciones (Nota: se considerará caso por caso).

Prioridad a empresas estadounidenses, inversionistas, investigadores e inventores extranjeros y trabajadores cualificados.

Personas sin documentación legal que han residido en EEUU durante al menos 180 días y que son hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses.

Cónyuge, hijos o hijas de residentes permanentes legales.

Nota: Actualmente se le permite a los cónyuges e hijos(as) menores de edad de ciudadanos estadounidenses obtener una exención provisional solo si una visa está disponible.

¿Quiénes quedan excluídos?

Padres indocumentados que no tienen hijos con residencia legal permanente o que sean ciudadanos de EEUU.

Padres indocumentados que tienen hijos estadounidenses o residentes legales, pero que han vivido menos de cinco años continuos en EEUU.

Personas convictas por delitos graves o con varios delitos menores.

Personas que permanecen en los centros de detención” de la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (ICE).

Niños y jóvenes que cruzaron recientemente la frontera de manera ilegal sin compañía de un adulto, la gran mayoría de ellos centroamericanos.

Personas con un caso de deportación pendiente.

Personas de la comunidad gay (LTGB) que no tienen hijos ciudadanos ni residentes legales permanentes.

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