¿Se “militariza” el control de las protestas en Venezuela?

Las protestas en Venezuela ahora pueden ser reprimidas por cualquier ente de las Fuerzas Armadas que tienen, como último recurso, la facultad de usar armas de fuego

En cuatro páginas, la resolución establece las normas que deben seguir las autoridades para controlar las manifestaciones públicas.

El texto explica siete escenarios de manifestaciones, siete grados distintos de violencia: desde la “intimidación psicológica” hasta el escenario de “violencia mortal”.

El último es el que genera la mayor polémica: “La funcionaria o funcionario aplicará el método del uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal”, dice el artículo 22 de la resolución.

Vladimir Padrino (a la derecha de Maduro) es un férreo defensor de la llamada revolución bolivariana, a pesar de ser comandante de las Fuerzas Armadas.

La orden ministerial deja a discreción de la Fuerza Armada decidir cuándo entra a intervenir determinada autoridad, sea ésta ejército, Armada, GN o policía, aunque la activación estará supeditada a “la autorización del Ejecutivo Nacional, a través del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Bolivariana”, como dice en el artículo 4to.

“Cuando los medios alternativos de resolución de conflictos no resulten satisfactorios, la Unidad actuante procederá a advertir a las personas que participan en reuniones públicas o manifestaciones sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza”, dice la resolución.

Mientras sectores opositores destacan esos apartes anteriores, oficialistas recalcan otros.

El Defensor del Pueblo, Tarek William Saab, en su cuenta de Twitter, destacó el artículo 15.9 del texto: “(Los funcionarios) no portarán ni usarán armas de fuego en el control de reuniones publicas y manifestaciones pacíficas…”, escribió el funcionario.

Al texto de la resolución le sigue la siguiente frase: “…a menos que, por la necesidad y proporcionalidad de los medios empleados para contrarrestarla, sea necesario su porte y uso”.

La constitución venezolana dice, en su artículo 68, lo siguiente: “Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas”.

Y la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de la ONU dice que los Estados deben “asegurarse de que ninguno de ellos (los manifestantes) sea objeto de fuerza excesiva o indiscriminada, detención o prisión arbitrarias, tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, desaparición forzada, abusos en los procedimientos penales y civiles o amenazas de algunos de los actos mencionados”.

Los simpatizantes del oficialismo no consideran que la Constitución ni los tratados de DD.HH. se estén violando en esta ya famosa resolución número 008610.

“Jurídicamente, la resolución es consistente”, dice el constitucionalista Jesús Silva, “primero porque se basa en la facultad constitucional de la Guardia para intervenir en protestas”.

“Y segundo porque establece los mismos principios de proporcionalidad y legítima defensa que están pautados en la Constitución”, dice Silva.

“Si el manifestante ataca con palos y piedras, la fuerza pública tiene como objetivo reducirlo, y si ataca con armas de fuego, lo proporcional es que el funcionario emplee un medio del mismo rango”, asegura.

Durante las manifestaciones de hace un año, dice Silva, se vio cómo “manifestantes tenían armas de fuego, artefactos asesinos y letales”.

Arteaga se muestra preocupado porque, según las normas internacionales de derechos huamanos, los militares no deben intervenir en el control de manifestaciones: “No están preparados ni entrenados para eso”, dice.

“Los militares están instruidos para defender la soberanía del país en caso de que haya un riesgo externo”, explica a BBC Mundo.

Y critica el hecho de que ahora, tras esta resolución, la decisión de usar o no el arma de fuego contra el manifestante está a discreción del militar, un funcionario que, dice el constitucionalista, “no ha recibido la instrucción necesaria y no tiene la experiencia para tomar una decisión tan compleja”.

Arteaga recuerda el famoso Plan Ávila, un procedimiento de contingencia del ejército venezolano para restaurar el orden civil en Caracas.

La última activación del Plan Ávila la hizo Hugo Chávez durante el golpe de Estado que sufrió en 2002, pero en ese momento los militares se rehusaron a ejecutarlo para evitar una masacre, según dijeron después en comparecencias ante la comisión de la Asamblea que investigó aquellos eventos.

En 1989, durante el estallido social conocido como el Caracazo, sí hubo una masacre que, para muchos, fue efecto del Plan Ávila.

“Pareciera que los chavistas no aprendieron del pasado”, dice Arteaga.

“Que no aprendieron de las violaciones a los DDHH que a ellos y a su gente tanto los afectaron en el 89”.

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Venezuela

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