TSA lanza nueva alerta sobre REAL ID para abordar vuelos
Recuerde que solamente 9 tipos de residentes en EEUU pueden obtener este documento
La Administración de Seguridad del Transporte (TSA) dio un nuevo paso en su campaña para alertar a los pasajeros de vuelos nacionales e internacionales sobre el requisito de la REAL ID y la fecha de aplicación.
Los oficiales comenzaron a aconsejar verbalmente a los viajeros sobre la nueva licencia, advirtiéndoles que a partir del 1 de octubre de 2020 –si desea utilizarla como identificación para un vuelo– deberá tener el documento actualizado de acuerdo a los nuevos estándares federales, ya que en caso de no portar otro carné válido no podrán abordar su vuelo.
“Los requisitos de seguridad de la Ley REAL ID son un paso importante para mejorar la seguridad de la aviación comercial”, expuso Patricia Cogswell, subadministradora interina de la TSA. “La implementación de REAL ID está a poco más de un año, ahora es el momento de prepararse”.
La autoridad informó que desde abrirl ha exhibido anuncios en los aeropuertos para recordar a los viajeros que las licencias que cumplen con REAL ID u otras formas aceptables de identificación, como una licencia de conducir mejorada emitida por el estado, un pasaporte válido o una identificación militar de los EEUU, serán obligatorios para viajar en avión a partir del 1 de octubre de 2020.
Recordó que las licencias que cumplen con las nuevas características están marcadas con una estrella en la parte superior de la tarjeta.
Los estados de Michigan, Vermont, Minnesota y Nueva York emiten REAL ID y licencias de conducir mejoradas emitidas por el estado, las cuales son aceptables y aunque el estado de Washington solo emite licencias de conducir mejoradas, éstas serán aceptadas en el punto de control de seguridad del aeropuerto.
“Los viajeros que no estén seguros de si su identificación emitida por el estado cumple con los requisitos deben consultar con la agencia de licencias de conducir de su estado”, advirtió la autoridad.
La Ley REAL ID fue aprobada por el Congreso en 2005, tras una recomendación de la Comisión del 11 de Septiembre de que el gobierno federal debía mejorar los sistemas de identificación en vuelos comerciales tras el ataqque del 9/11.
Aunque inmigrantes indocumentados pueden obtener licencias de conducir en algunas entidades, ese documento no será considerado REAL ID, ya que son nueve las categorías que considera la “REAL ID Act” para que una persona pueda obtener este beneficio:
1. Ser ciudadano de EEUU o naturalizado.
2. Residente Permanente o Residente Temporal (en este último caso aquellas personas que ingresaron al país con fines específicos, pero no permanentes).
3. Residente Permanente Condicional (aquellos con visas laborales y quienes están casados con un ciudada estadounidense o Residente Permanente).
4. Quienes tiene una solicitud de asilo aprobada o ingresada en estado de refugiado.
5. Tiene una visa de no-inmigrante válida (es decir, estudiantes, empleados foráneos con visas como M, J, F, H1-B, H2-B, L, entre otras).
6. Tiene una solicitud pendiente de asilo (consultar con un abogado este caso, para evitar rechazos en DMV).
7. Tiene un estado de Protección Temporal pendiente o aprobado.
8. Los “dreamers” beneficiados con la Acción Diferida (DACA).
9. Aquellas personas con una solicitud pendiente de ajuste de estado al de Residente Permanente o Condicional (consultar con un abogado este caso, para evitar rechazos en DMV).
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