La otra regla de “carga pública” que afectará a solicitantes de visas
Este 15 de octubre entra en vigor la norma que aplica el Departamento de Estado
Aunque tres cortes detuvieron, por ahora, la regla de “carga pública” que aplicarían los oficiales de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), lineamientos similares serán operados por personal consular del Departamento de Estado (DOS) a partir de este 15 de octubre.
“La medida cautelar no tiene efecto en una regla de carga pública similar propuesta por el Departamento de Estado… que está programada para entrar en vigencia, de manera provisional, el 15 de octubre de 2019”, advirtió la firma de abogados Ogletree Deakins.
Los expertos recordaron que esta norma es separada y, de hecho, fue publicada en el Registro Público el 11 de octubre, mismo que día que se marcó su inicio, pero recibirá comentarios públicos hasta el 19 de noviembre.
“Esta regla final modifica las regulaciones del Departamento de Estado… prescribiendo cómo los funcionarios consulares determinarán si un extranjero no es elegible para una visa bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (“INA”), porque es probable que en cualquier momento pueda convertirse en una carga pública“, indica el lineamiento.
Agrega que cualquier extranjero que pretende obtener una visa, una solicitud de admisión a los Estados Unidos o un ajuste de estatus en oficinas consulares, como Residencia Permanente, deberán demostrar que no serán una carga pública.
Los lineamientos no son considerados como parte de aquellos establecidos por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), ya que esa misma dependencia especificó que el DOS establecería sus propios lineamientos sobre “carga pública”, pero están basados en la normativa dada a conocer en agosto pasado.
“Esta regla final interina agrega ciertas definiciones, incluidas las definiciones de carga pública, beneficio público, hogar del extranjero y recibo de beneficio público”, apunta el lineamiento. “Tiene como objetivo alinear los estándares del Departamento con los del Departamento de Seguridad Nacional, para evitar situaciones en las que un funcionario consular evaluará las circunstancias de un extranjero y concluirá que no es probable que el extranjero se convierta en una carga pública”.
Al igual que su “hermana”, la regla del DOS obliga a los oficiales consulares a evaluar a un extranjero con base en su edad, su estado de salud, estado familiar, sus activos, sus recursos financieros, su educación y sus habilidades.
Los lineamientos dejan abierta la posibilidad de que los extranjeros incluyan en sus solicitudes de visa una declaración jurada de apoyo (el Formulario I-864).
“La inelegibilidad de la carga pública se aplica tanto a los no inmigrantes como a los inmigrantes, aunque algunas clases de no inmigrantes e inmigrantes están exentos del motivo de no elegibilidad”, indica el DOS.
A petición expresa, una fuente del Departamento de Estado confirmó que la regla interpreta el “motivo legal de inadmisibilidad” basado en la carga pública, pero destacó que continúa el periodo de revisión y el desarrollo de la documentación correspondiente, por lo que a pesar de que el Registro Pública indica que entra en efecto este 15 de octubre no se implementará hasta que haya la documentación correspondiente, pero no se dio una fecha precisa.
“El Departamento implementará la nueva regla después de que se apruebe el uso del nuevo formulario”, afirmó la dependencia. “Podemos confirmar que el Departamento no implementará la regla el 15 de octubre”.
Agregó que la regla evaluará a los extranjeros con base en sus ingresos, salud, edad, entre otros aspectos.