La alerta para ciertos portadores de “green card” y reportes de impuestos a IRS
Hay quienes renuncian a la Residencia Permanente, pero deben hacerlo correctamente
Abogados advierten a portadores de “green card” que si desean renunciar en un futuro a ese beneficio migratorio, eso no los eximirá de reportar impuestos a la Oficina de Recaudación de Impuestos (IRS), la cual podría imponer multas de hasta $10,000 dólares a quienes incumplan esa disposición.
De hecho, en septiembre de 2019, el IRS recordó a los expatriados la necesidad de cubrir el requisito a través, a fin de evitar multas y problemas legales con base en los llamados Residentes de Largo Plazo (LTR).
Expertos de la firma Pearl Cohen Zedek Latzer Baratz señalan a los inmigrantes que obtuvieron la Residencia Permanente en cualquier momento a partir de 2013 y renunciaron a ella o su documento expiró y nunca lo renovó, a partir del 1 de enero de 2020 el IRS enviará notificaciones para cumplimentar sus reportes de impuestos.
“Incluso si se convirtió en titular de una Tarjeta Verde en cualquier momento y ya no vive en los EEUU, ya sea que su Tarjeta Verde haya expirado o no, aún debe presentar los impuestos en los EEUU”, indican los expertos en un texto en lexology.com. “Esto es cierto incluso si solo fue titular de la Tarjeta Verde por unos días dentro de un año determinado”.
Los expertos señalan que la única forma de evitar este problema es seguir con las pautas de IRS y de la oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), ya que existe un procedimiento para renunciar a la “green card” y esa persona no será considerada Residente de Largo Plazo.
Hay personas que simplemente se van de los EEUU y dejan expirar sus “green card”, sin reportar adecuadamente que –literalmente– están renunciando a ser residentes permanentes, lo cual puede ocasionarles problemas.
“(El IRS) recuerda a los profesionales que cualquier persona que haya expandido o rescindido su estado de residencia en los EEUU debe presentar el Formulario 8854, la Declaración de información de expatriación inicial y anual”, indicó la agencia. “Si la persona está sujeta al impuesto de expatriación alternativo bajo IRC 877 o IRC 877A. Se puede imponer una multa de $10,000 por no presentar el Formulario 8854 cuando sea necesario”.
La Oficina de Recaudación señala que está enviando avisos a los expatriados que no han cumplido con los requisitos del Formulario 8854, incluida la imposición de la multa de $10,000 cuando corresponda.
Consulte a un abogado para evitar cualquier problema. Más información en la Oficina de Recaudación de Impuestos.