Alerta de viaje para cruzar la frontera sigue vigente, sólo entran ciudadanos y residentes
El ingreso a EEUU también está permitido a ciertos extranjeros por cuestiones de comercio, trabajo o salud
Autoridades de inmigración de Estados Unidos recordaron este viernes que la restricción temporal de viajes no esenciales debido al coronavirus continúa vigente por lo que las personas que planean cruzar la frontera deberán cumplir con ciertos requisitos para poder hacerlo.
El ingreso al país por las garitas fronterizas con México es prácticamente permitido a todo aquel ciudadano estadounidense o residente permanente que presente sus documentos de identidad y también para ciertos extranjeros que validen que el motivo de su viaje es esencial por cuestiones de comercio, trabajo o salud.
El tiempo de espera para cruzar la frontera, que hasta antes de la pandemia solía ser de dos a tres horas en un domingo cualquiera, se ha reducido a un promedio de 15 minutos, al menos como se constató por la garita de Tijuana-San Ysidro.
El viajero no tendrá ese inconveniente, sin embargo los agentes de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) están siendo más cautelosos, con revisiones exhaustivas e interrogatorios más prolongados de lo normal, muchos enfocados en detectar contrabando y otros para verificar los motivos del viaje o simplemente para matar el aburrimiento ante la poca afluencia de personas y vehículos que registran las garitas.
Desde mediados de marzo, cuando entraron en vigor las restricciones por el coronavirus, el flujo de personas y vehículos se ha reducido en casi un 80%.
Alerta de viaje
ALERTA DE VIAJE: La restricción temporal de viajes no esenciales a través de los puertos de entrada terrestres de EEUU sigue vigente. Los viajes esenciales y el comercio continuan sin impedimentos. Viajes esenciales incluyen pero no están limitados a: pic.twitter.com/5jbfRwu4zd
— CBP (@CBP) May 8, 2020
Los esenciales
Estas son las razones permitidas para cruzar la frontera durante la crisis del coronavirus:
- Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que regresan al país.
- Personas que viajan por razones médicas.
- Para asistir a instituciones educativas.
- Para trabajar.
- Funcionarios del gobierno que viajan por asuntos de salud pública.
- Miembros de cuerpos de emergencias o departamentos de salud para apoyar las medidas de combate al coronavirus.
- Personas involucradas en el comercio transfronterizo, como choferes de camiones de carga.
- Representantes de comitivas de funcionarios de gobierno o diplomáticos.
- Miembros de las Fuerzas Armadas.
- Esposas e hijos de miembros de las Fuerzas Armadas que regresan al país.
- Involucrados en operaciones militares o viajes relacionados con las Fuerzas Armadas.