Fiscalía General de NY instruye a Policía para proteger a inquilinos contra desalojos ilegales
La nueva disposición considera un delito menor desalojar a una persona de su hogar sin la orden de un juez
La Fiscalía General de Estado dio a conocer la guía de protección que deberán seguir los policías estatales para proteger a los inquilinos ante los posibles intentos de desalojo ilegal de sus viviendas durante de la crisis del coronavirus.
De acuerdo con el memorando enviado por la fiscal general Letitia James a las autoridades, la Ley de Estabilidad y Protección de Vivienda de 2019 establece una nueva disposición que considera un delito menor desalojar a una persona de su hogar sin la orden de un juez y no restituirlo si eso ocurriera de forma ilegal.
La Fiscal advirtió en el documento que los desalojos ilegales son ahora, en medio de la pandemia del COVID-19, un asunto criminal y que la policía debe jugar un papel activo en hacer cumplir la ley.
“Existe una creciente preocupación de que algunos propietarios puedan comenzar a tomar el asunto en sus propias manos e intentar desalojar a los inquilinos en ausencia de una orden judicial“, advirtió James en un comunicado en que informa de las directrices.
La funcionaria alertó también que esta nueva ley faculta a las fuerzas del orden para intervenir cuando se encuentren desalojos ilegales, lo que brinda una protección adicional y oportunidad para los inquilinos mientras enfrentan los desafíos económicos presentados por la crisis de salud pública causada por la COVID-19.
Queda prohibido por ley
Esta nueva ley prohíbe el intentar desalojar a un inquilino a través de descontinuar servicios esenciales de agua, calefacción o electricidad; sacar sus pertenencias de la vivienda, o cambiar la puerta de entrada o la cerradura sin darle copia de la llave o hacer que esta no funcione.
Las prohibiciones incluyen cualquier otra acción que impida o pretenda evitar que el inquilino ocupe legalmente la vivienda, u otra acción que interfiera o tenga la intención de interferir con el uso de esa vivienda.
James recordó que la ley protege a cualquier persona que ocupe una unidad de vivienda (que puede ser un apartamento, una habitación o una cama) mediante un contrato de arrendamiento escrito u oral, o que haya ocupado la misma durante al menos 30 días previos al desalojo ilegal.
Explicó que esto incluye inquilinos cuyos contratos de arrendamiento han expirado, los familiares que han estado en la vivienda durante al menos 30 días y los compañeros de cuarto u otros que hayan estado también durante un mes.
Además, la ley también exige que el propietario de la vivienda tome todas las medidas necesarias para que el inquilino ocupe la vivienda si ha sido desalojado ilegalmente.
“A medida que avanza el coronavirus, muchas personas experimentan una inestabilidad financiera sin precedentes, y es importante que todos comprendan las protecciones establecidas para protegerse contra desalojos ilegales en tiempos vulnerables”.