A qué tipo de inmigrantes podrían revocar orden de deportación tras decisión de Junta de Apelaciones
La BIA determinó que "situaciones extraordinarias" serán consideradas como motivo de ausencia de un extranjero en su cita ante un tribunal para reabrir su caso, por lo que el juez puede utilizar su discreción para evitar la expulsión de esa persona
La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) determinó que los jueces podrán aplicar su discreción para revocar órdenes deportación por ausencia, es decir, cuando los extranjeros no se presentaron a su cita en una corte.
“Los jueces de inmigración pueden ejercer su discreción para revocar una orden de expulsión en ausencia y otorgar la reapertura (del caso) cuando un extranjero haya establecido mediante evidencia que corrobora que su llegada tardía a una audiencia de expulsión se debió a ‘circunstancias excepcionales'”, indica la decisión de la BIA.
Agrega que los jueces deben tomar una decisión con base en la evidencia presentada, pero enfatiza en que tienen que ser “extraordinarias”, pero permitirán a los inmigrantes justificar la ausencia –aunque hayan llegado tarde– con reportes de tráfico, meteorológicos, reportes médicos, entre otros.
“Las pruebas que corroboran pueden incluir, entre otras, declaraciones juradas, informes de tráfico y meteorológicos, registros médicos, verificación de la hora de llegada del extranjero a la sala del tribunal y otra documentación que verifique la causa de la llegada tardía”, indica la decisión. “Las declaraciones generales, sin evidencia que corrobore que documente la causa de la tardanza, son insuficientes para establecer circunstancias excepcionales que justificarían la reapertura del proceso de deportación”.
Esto podría beneficiar a decenas de los 1.3 millones de casos, aunque no hay un estimado concreto. El caso que los miembros de la BIA revisaron fue el de una inmigrante de Guatemala a quien el 6 de marzo de 2019 se le procesó para deportación, debido a que llegó tarde a su cita con el juez, quien decidió “bajo ausencia”.
De este modo, el juez rechazó la moción, pero ahora la inmigrante y su hijo podrán proceder con sus casos de petición de asilo. Es decir, no hay una decisión final sobre sus casos, pero les permite a sus abogados juntar evidencia.
La inmigrante no llegó a la corte a tiempo, debido a que se enfrentó a problemas de tráfico, luego de un accidente vial y al clima, lo cual se demostró con declaraciones juradas y reportes oficiales.
“En la moción para reabrir (el caso), los testigos afirmaron que la mujer llegó tarde a su audiencia, a pesar de haber contratado un conductor, como resultado de condiciones climáticas severas y accidentes de tráfico relacionados”, indica la decisión. “Como la demandada no conduce, contrató a un conductor profesional, en quien confió para llegar a la sala del tribunal a tiempo. A pesar de esta planificación, llegó tarde, debido a una tormenta de nieve, que provocó múltiples accidentes y tráfico intenso en varias vías importantes de Ohio”.
La decisión de la BIA empata con las nuevas políticas del Departamento de Justicia, del que dependen los tribunales migratorios, bajo la orden ejecutiva del presidente Joe Biden firmada el 2 de febrero, para restaurar la confianza en el proceso migratorio legal, aunque se mantiene la revisión de los casos bajo la Ley de Nacionalidad e Inmigración (INA).