El TAD abre expediente sancionador a Luis Rubiales por cometer una “falta grave” al besar a Jenni Hermoso
El Tribunal Administrativo del Deporte estimó parcialmente la denuncia presentada por el Consejo Superior de Deportes de España (CSD) y acordó abrir expediente disciplinario a Rubiales
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) tomó la decisión de abrir un expediente sancionador al presidente de la RFEF, Luis Rubiales, tras las denuncias recibidas por el beso en la boca a la futbolista Jenni Hermoso en la entrega de medallas tras la consecución del Mundial de fútbol 2023.
El TAD estimó parcialmente la denuncia presentada por el Consejo Superior de Deportes de España (CSD) el pasado viernes y ha acordado abrir expediente disciplinario al presidente de la RFEF, por infracción grave. Esto a pesar de que el CSD había solicitado la consideración de infracción muy grave, el TAD ha optado por considerarlo una falta de menor rango.
La apertura del expediente se ejecutó tras varios días de deliberación del mencionado tribunal deportivo. El CSD, en consecuencia, no puede suspender cautelarmente a Luis Rubiales, a la espera de que los jueces del TAD entren en el fondo del asunto. El TAD tiene un plazo de tres meses para dictar sentencia.
Igualmente el CSD va a solicitar al TAD una medida cautelar para su suspensión provisional hasta que el citado tribunal resuelva sobre el fondo del asunto. Con este movimiento, el Gobierno pretende que, al menos, los miembros del tribunal dejen claro ante la sociedad su posición de que Rubiales no sea suspendido provisionalmente.
Para el Ejecutivo de Pedro Sánchez, si la FIFA no lo remedia con una dura sanción a Rubiales, ya ha sido suspendido por 90 días, que este pueda volver a su cargo a partir del próximo 21 de noviembre sería desolador para la imagen de España.
Postura del Ministro de Cultura y Deporte
Miquel Iceta, Ministro de Cultura y Deporte, expresó: “El gobierno y CSD considera que estas conductas son muy graves y vamos a seguir defendiendo este criterio. Pero aceptamos las resoluciones de los tribunales aunque no la compartamos y acudiremos a todos los organismos necesarios para que prevalezca nuestro criterio que consideramos que es el ampliamente mayoritario en nuestra sociedad española”.
La nueva Ley del Deporte no está desarrollada en su totalidad en España, por lo que la denuncia del CSD apelaba a la Ley del 90 y esgrimía abuso de poder por el beso de Rubiales a Hermoso en plenas celebraciones por el título Mundial logrado en Sídney.
También aludía al comportamiento indecoroso del presidente por tocarse los genitales en el palco. En la legislación aplicada, la citada del año 90, el abuso de poder, que el TAD no ve probado en este caso, sí está considerado como muy grave.
Sin embargo, las actitudes indecorosas están consideradas solo como falta grave. En la nueva ley que está por desarrollarse, los obscenos gestos en el palco del presidente, con la reina Letizia y la infanta Sofía a dos metros, sí están tipificados como muy graves. De haber estado desarrollado el reglamento sancionador, hubiera permitido al Gobierno suspender a Rubiales.
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