Ciertos inmigrantes en Nueva York recibirán hasta $10,000 por detención irregular en acciones de ICE

Personas detenidas entre 1997 y 2012 podrían recibir hasta $10,000 de compensación tras demanda exitosa contra operaciones de autoridades de Nueva York y ICE

Entre 1997 y 2012, por petición de ICE se realizaron detenciones irregulares de inmigrantes.

Entre 1997 y 2012, por petición de ICE se realizaron detenciones irregulares de inmigrantes. Crédito: ICE

Un acuerdo de $92.5 millones de dólares permitirá indemnizar a unos 20,000 inmigrantes con hasta $10,000 dólares por detenciones irregulares en acciones de autoridades de Nueva York y la agencia de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

A partir del 14 de febrero se abrió el periodo de reclamaciones para inmigrantes México, República Dominicana, Haití, Jamaica, Ecuador, Cuba, Colombia, Trinidad y Tobago, Honduras y Guyana.

Las personas pudieron ser detenidas entre el 1 de abril de 1997 y el 21 de diciembre de 2012, por lo que algunas podrían incluso estar fuera de Estados Unidos –tras la deportación–, pero también tienen derecho a la indemnización.

Las firmas de abogados Emery Celli Brinckerhoff Abady Ward & Maazel, LLP y Benno & Associates informan las personas deben presentar reclamaciones válidas, para recibir pagos de liquidación de $10,000 dólares.

El reclamo de la indemnización debe ser entre el 14 de febrero al 15 de mayo de 2025.

“El acuerdo de demanda colectiva de hasta $92.5 millones fue alcanzado en el caso Onadia v. City of New York, en respuesta a los reclamos de personas que fueron ilegalmente detenidas por el Departamento de Corrección de la ciudad de Nueva York (NYC)”, se indica.

Las peticiones de retención fueron hechas por el entonces Departamento de Inmigración y luego la oficina de ICE, las cuales realizaban operaciones contra inmigrantes.

Aunque la ciudad de Nueva York niega responsabilidad acordó establecer un fondo, a fin de compensar a los demandantes en una demanda colectiva.

“El acuerdo permite que más de 20,000 personas detenidas más allá de sus fechas programadas de liberación debido a solicitudes de detención de ICE busquen una liquidación. Los miembros de la clase incluyen personas de México, República Dominicana, Haití, Jamaica, Ecuador, Cuba, Colombia, Trinidad y Tobago, Honduras y Guyana. Estas personas pueden o no estar viviendo actualmente en los Estados Unidos”, indica el reporte.

El monto estimado a recibir es de $10,000 dólares, pero en algunos casos podría ser de más, se expuso.

Los administradores de la demanda colectiva y la indemnización indican que las detenciones en el periodo mencionado tienen características específicas.

“Las detenciones de ICE son solicitudes remitidas a las agencias de aplicación de la ley estatales y locales para mantener a una persona detenida por hasta 48 horas hábiles después de su liberación programada, para que ICE pueda tomar custodia de la persona”, se indicó. “Sin embargo, en algunos casos, las personas fueron detenidas durante días o semanas más allá de ese período de dos días“.

Algunos de los demandantes fueron detenidos más de 166,000 días, después de que tenían una fecha de liberación.

El abogado D. Brinckerhoff, socio de Emery Celli Brinckerhoff Abady Ward & Maazel LLP, destacó la importancia de la Constitución en defensa de cualquier persona en EE.UU.

“Nuestra Constitución protege a todos los seres humanos dentro de los Estados Unidos contra la detención sin causa probable, sin importar su estatus migratorio”, dijo. Este caso enseña que esas protecciones deben ser respetadas y que aquellos que elijan ignorar la Constitución serán responsables”.

Debra L. Greenberger, socia de Emery Celli Brinckerhoff Abady Ward & Maazel LLP, confía en que las personas afectadas puedan reclamar el beneficio económico.

“Pedimos la ayuda de los medios de comunicación, organizaciones comunitarias e individuos para compartir esta información con cualquiera que conozcan que pueda encajar en la descripción de un miembro de la clase, para que puedan recibir un pago de liquidación”, explicó. “El proceso de reclamación es simple”.

¿Cómo debe un inmigrante presentar una reclamación?

Las personas debieron ser afectadas en el periodo mencionado, es decir, entre el 1 de abril de 1997 y el 21 de diciembre de 2012.

Si el inmigrante, aún viviendo fuera de EE.UU., debe realizar los siguientes pasos:

– Visita NYCICEsettlement.com
– También puede llamar al 1-800-479-0810
– Incluso enviar un correo electrónico a NYCICESettlement@AtticusAdmin.com

¿Es necesario vivir actualmentre en EE.UU.?

Las firmas de abogados indicaron que no es necesario que los inmigrantes afectados vivan en EE.UU. actualmente.

“Cualquier miembro de la clase [demanda colectiva] puede presentar una reclamación, sin importar dónde viva actualmente”, se indica. “Los abogados de este caso anticipan que un gran porcentaje de los miembros de la clase pueden haber sido repatriados a sus países de origen o haber dejado Nueva York, por lo que es esencial difundir esta noticia de manera amplia”.

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