3 cosas que debes saber de los beneficios del Seguro Social para cónyuges

Si estás casado, divorciado o eres viudo(a), podrías recibir beneficios del Seguro Social. Conoce requisitos, montos posibles e implicaciones fiscales

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Debes saber cuánto de apoyo podrías recibir del Seguro Social si estuviste con alguien que cotizó. Crédito: Lucigerma | Shutterstock

El Seguro Social no solo ofrece beneficios a quienes cotizan directamente al sistema, sino también a sus cónyuges, incluso si estos últimos nunca trabajaron o tuvieron ingresos bajos.

Sin embargo, las reglas que determinan quién califica y cuánto se puede recibir pueden ser complejas.

Aquí te explicamos tres aspectos clave que debes conocer si estás casado, divorciado o enviudaste.

1. ¿Quién califica para recibir beneficios como cónyuge?

La elegibilidad depende de tu situación actual:

-Si estás casado: puedes recibir beneficios basados en el historial laboral de tu cónyuge, siempre que él o ella ya esté recibiendo pagos del Seguro Social por jubilación o discapacidad.

-Si estás divorciado: puedes reclamar beneficios del historial de tu exesposo(a) si estuvieron casados al menos 10 años, tu expareja tiene derecho a beneficios del Seguro Social y actualmente estás soltero(a).

-Si enviudaste: puedes acceder a los beneficios como cónyuge sobreviviente, siempre que tu pareja fallecida hubiera cumplido con los requisitos de cotización. Puedes comparar si te conviene más reclamar beneficios como viudo(a) o sobre tu propio historial laboral.

Además, debes tener al menos 62 años o ser de cualquier edad si cuidas a un hijo menor de 16 años o con discapacidad que reciba beneficios a través del historial laboral de tu pareja.

2. ¿Cuánto se puede recibir como cónyuge?

Los beneficios para cónyuges se calculan con base en un porcentaje del Monto del Seguro Primario (PIA) de la persona con mayores ingresos.

El PIA es lo que recibiría si se jubilara a su edad plena (entre 66 y 67 años, según el año de nacimiento).

-El monto máximo que puedes recibir es el 50% del PIA de tu cónyuge.

-Si solicitas el beneficio antes de llegar a la edad plena, recibirás una cantidad reducida permanentemente.

-Importante: recibir beneficios como cónyuge no afecta en absoluto lo que recibe tu pareja, ni siquiera si estás divorciado(a).

3. ¿Debes pagar impuestos sobre estos beneficios?

Sí, es posible que tengas que pagar impuestos federales sobre los beneficios del Seguro Social, incluidos los de cónyuge, según tu ingreso combinado anual.

La fórmula del IRS incluye tu ingreso bruto ajustado, intereses exentos de impuestos y la mitad de los beneficios del Seguro Social recibidos en el año.

Los límites para determinar cuánto tributarás son:

Solteros:
-Menos de $25,000 = No tributan
-$25,000–$34,000 = Hasta 50% de los beneficios pueden ser gravados
-Más de $34,000 = Hasta 85% pueden ser gravados

Casados declarando en conjunto:
-Menos de $32,000 = No tributan
-$32,000–$44,000 = Hasta 50% pueden ser gravados
-Más de $44,000 = Hasta 85% pueden ser gravados

Casados que declaran por separado: prácticamente todos tendrán que pagar impuestos sobre los beneficios.

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