window._taboola = window._taboola || []; var taboola_id = 'mycodeimpremedia-network'; _taboola.push({article:'auto'}); !function (e, f, u, i) { if (!document.getElementById(i)){ e.async = 1; e.src = u; e.id = i; f.parentNode.insertBefore(e, f); } }(document.createElement('script'), document.getElementsByTagName('script')[0], '//cdn.taboola.com/libtrc/'+ taboola_id +'/loader.js', 'tb_loader_script'); if(window.performance && typeof window.performance.mark == 'function') {window.performance.mark('tbl_ic');}

Empleadas son despedidas tras insultar a su jefe en WhatsApp; juez revirtió la decisión

El grupo de trabajadoras hizo sentir su molestia en un grupo privado de la app al enterarse que los días 24 y 31 de diciembre tendrían que laborar

Lo que parecía un error puntual se convirtió en un caos para el chico, que no paraba de recibir extraños mensajes.

Las empleadas fueron readmitidas a sus labores y compensadas por los días que estuvieron fuera de la empresa.  Crédito: Tatiana Diuvbanova | Shutterstock

Un grupo de trabajadoras de una autoescuela en España recuperó sus puestos después de que un tribunal concluyera que su despido había sido improcedente. Las empleadas habían sido expulsadas de la empresa tras difundirse los mensajes en los que insultaban a su jefe dentro de un chat privado de WhatsApp.

De acuerdo con la sentencia, la conversación, aunque contenía expresiones ofensivas, se produjo en un espacio cerrado entre compañeras, lo que establecía una expectativa de privacidad. Según el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), ese contexto impide que los insultos se consideren una falta grave suficiente para justificar un despido disciplinario.

El fallo que cambia el rumbo del caso

El tribunal determinó que la empresa no pudo demostrar que las trabajadoras hubieran actuado con ánimo de injuriar públicamente a su jefe. De acuerdo con La Vanguardia, el grupo de WhatsApp estaba compuesto únicamente por empleadas de confianza y no formaba parte de ningún espacio laboral institucional, por lo que el contenido no debía tratarse como declaraciones públicas.

La función se llama "Privacidad avanzada de chat" y estará disponible en dispositivos Android y iOS.
La empleada que filtró la conservación también fue despedida.
Crédito: Rahul Ramachandram | Shutterstock

Según el mismo medio, la difusión del chat ocurrió cuando una de las integrantes del grupo, de forma unilateral, hizo llegar las capturas al empleador, siendo despedida de igual manera. En dicha conversación, las empleadas habían emitido una serie de insultos contra su superior debido a la confirmación de trabajo para los días 24 y 31 de diciembre en la empresa. 

Con expresiones como “Perro judío”, “rata cochina”, “hijo de la gran puta”, “cerdo”, “retrasado”, “ruin”, “sinvergüenza”, “prepotente asqueroso”, “amargado” y “retorcido”, las empleadas declararon que se trató de una conversación de “desahogo” sin la intención de perjudicar a nadie. 

Para el tribunal, este detalle resultó clave, pues revelaba que los mensajes no estaban destinados a salir del ámbito privado. Además, la sentencia subraya que las expresiones, aunque inapropiadas, no alcanzaban la gravedad suficiente para representar una quiebra irreparable de la relación laboral.

El TSJIB también remarcó que, aunque los insultos puedan ser reprochables, deben analizarse bajo principios de proporcionalidad. En este caso, el despido se consideró una sanción excesiva frente al comportamiento ocurrido en un entorno personal y no laboral.

Las críticas y opiniones desde el ámbito migratorio

Organizaciones de defensa laboral y expertos en privacidad digital han argumentado que el fallo sienta un precedente sobre los límites entre la vida personal y el espacio de trabajo. Según fuentes citadas por El Diario Sur, el tribunal reafirma que los empleadores no pueden intervenir ni sancionar comportamientos que ocurren fuera del horario laboral y en entornos cerrados, salvo que exista acoso, amenazas o daño directo a la empresa.

Otros especialistas señalan que la decisión es coherente con fallos previos donde los tribunales españoles han protegido la privacidad en chats privados, siempre que no exista difusión voluntaria o intención deliberada de atacar públicamente al empleador.

Con la resolución del TSJIB, las trabajadoras regresaron a sus puestos y la empresa deberá indemnizar el tiempo que estuvieron fuera.  

Continúa leyendo:

WhatsApp sigue a Instagram y renueva la sección de Info: así funciona  

Así puedes “pausar” WhatsApp en tu smartphone sin perder información: paso a paso 

Así puedes evitar que te agreguen a grupos de WhatsApp innecesarios: paso a paso 


En esta nota

WhatsApp
Contenido Patrocinado