Estatus territorial de Puerto Rico limita derecho al voto, confirma nuevo memo de comité asesor de USCCR
El Comité Asesor de Puerto Rico ante la Comisión de Derechos Civiles de EE.UU. estudia el impacto de los Casos Insulares del Supremo en el territorio

Los boricuas pueden votar desde la isla en las primarias de los partidos nacionales, pero no en elecciones presidenciales. Crédito: Carlos Giusti | AP
Nueva York – El Comité Asesor de Puerto Rico ante la Comisión de Derechos Civiles de los Estados Unidos (USCCR) recomendó en un reciente memo producto de su estudio sobre el impacto de los Casos Insulares de la Corte Suprema en el territorio que la entidad federal debe expresarse sobre el derecho al voto como uno fundamental.
El memo forma parte de la evaluación que realiza el comité, titulado “Los Casos Insulares y la Doctrina del Territorio No Incorporado y sus efectos en los derechos civiles de los residentes de Puerto Rico” .
El nuevo documento de 34 páginas divulgado, el pasado 13 de marzo, fue nombrado “Memorándum sobre el derecho al voto federal”, y analiza cómo el estatus territorial de Puerto Rico limita ese derecho; además de ofrecer recomendaciones sobre las estrategias que se pueden tomar a nivel federal para priorizar a Puerto Rico en esa dirección.
El texto además emplaza a la USCCR a que habilite un proceso electoral válido para atender el asunto del estatus político de Puerto Rico bajo la dirección del Congreso.
El informe que fue aprobado por una votación mayoritaria de 4 a 1 en una reunión del comité, el 26 de febrero pasado, reúne las ponencias de distintos expertos en el tema en tres audiencias virtuales el 21 de mayo, 30 de mayo y 4 de junio del año pasado.
Varios panelistas coincidieron en que la falta de participación electoral es resultado del carácter colonial que define la relación entre Puerto Rico y Estados Unidos bajo la que no se aplican todos los derechos constitucionales a la isla.
Uno de los panelistas fue Luis Fuentes-Rohwer, profesor de derecho en la Escuela de Derecho Maurer de la Universidad de Indiana. El académico destacó en su mensaje cómo varias secciones de la Constitución federal aplican el derecho al voto para los estados, pero excluyen a los ciudadanos en territorios como Puerto Rico.
Otro de los deponentes fue Carlos Gorrín Peralta, profesor de derecho constitucional en la Universidad Interamericana de Puerto Rico, quien argumentó que el gobierno de EE.UU. no es uno para los boricuas, “ya que son sujetos a la aplicación de leyes de parte de entidades sobre las cuales no tienen ni participación nominal”.
Por su parte, Christina D. Ponsa-Kraus, profesora de la misma especialidad e historia legal, pero en la Universidad de Columbia en Nueva York, planteó que la representación electoral no resolverá todos los problemas de Puerto Rico, pero sí la falta de poder en los procesos legislativos que afectan la vida de todas las personas, lo que es un requisito básico de un gobierno legítimo y responsable.
“Su logro eliminaría finalmente la podredumbre al centro de la relación de Puerto Rico con los Estados Unidos y abriría la puerta a una nueva relación basada en la igualdad ciudadana y la soberanía bajo la estadidad, o la igualdad como nación separada y soberana bajo la independencia”, expuso ante el comité.
El licenciado Adriel Cepeda Derieux, subdirector del Proyecto de Derecho al Voto de la ACLU (Unión Americana de Libertades Civiles), consideró que no se entiende que Puerto Rico pudiera tener representación federal aún si el Congreso determinara mañana que es territorio incorporado. “Puerto Rico se encuentra donde estuvieron 37 otros territorios antes de ser admitidos como estados”, agregó.
Por su parte, el profesor de la Escuela de Derecho David A. Clarke de la Universidad del Distrito de Columbia, Rafael Cox Alomar, señaló que, si se revocara la doctrina de Casos Insulares, el problema colonial de Puerto Rico, continuaría “intacto”.
“Mientras Puerto Rico sea un territorio, ya sea incorporado o no incorporado, el Congreso seguirá ostentando sus poderes plenarios bajo la Cláusula Territorial para tratar a Puerto Rico de forma diferente a los estados en la repartición de fondos federales entre otras cosas, siempre que haya una base racional que justifique el trato desigual”, sostuvo.
La Cláusula Territorial de la Constitución, adoptada en 1787, autoriza al Congreso a disponer de los territorios.
En esa dirección, Cepeda Derieux se refirió al caso del distrito federal de Columbia o Washington D.C., que, al no ser estado, necesitó una enmienda constitucional a nivel federal para que sus residentes pudieran votar por el presidente. Lo anterior, según el deponente, demostró que la incorporación o no incorporación no tuvo impacto en este resultado.
Otro participante de la discusión fue el profesor de historia y política social en la Escuela de Gobierno John F. Kennedy de la Universidad de Harvard, Alexander Keyssar.
El educador explicó cómo las Enmiendas 14ª y 15ª de la Constitución establecieron que el derecho al voto no podía ser negado o restringido “por motivos de raza, color o condición previa de servidumbre”.
Según el panelista, aunque la Corte Suprema estableció que el derecho al voto es uno fundamental en una sociedad libre y democrática, lo anterior no se consideró en una forma que beneficiara a Puerto Rico.
Es el Artículo II de la Constitución federal el que establece el proceso mediante el que se elige al presidente de EE.UU., por medio de los electores, que son nombrados en cada estado, según el número de senadores y representantes en el Congreso de cada jurisdicción, explica el memo sobre la estructura de Colegio Electoral en EE.UU.
“Como territorio, Puerto Rico no es elegible para nombrar electores y, como consecuencia, no puede votar por el presidente. Además, tiene representación muy limitada en el Congreso al solo tener a un comisionado residente en la Cámara de Representantes que no tiene autoridad de votar en el pleno del Congreso”, especifica el texto.
El documento añade: “Según el testimonio recibido por el Comité, el estatus territorial de Puerto Rico ha impedido la soberanía de la isla y ha limitado la inherencia que los residentes tienen en las decisiones que impactan sus vidas. Al ser excluidos de la participación democrática en Estados Unidos por esta falta del derecho al voto al nivel federal, Puerto Rico carece de los mismos derechos en comparación a los ciudadanos estadounidenses en los estados o a residentes de una nación independiente”.
El memo también señala que el contexto social y político por el que estaba pasando EE.UU. durante la época en la que Puerto Rico fue adquirido como territorio pudo haber tenido influencia en el trato del gobierno federal hacia la isla.
En ese contexto, la recopilación hace referencia a la autoridad individual de los estados para establecer los procesos electorales con base en el primer artículo de la Constitución, y cómo, por ejemplo, la implementación de leyes en el sur de EE.UU. restringieron el derecho al voto a las personas negras.
“Fue bajo condiciones sociopolíticas como estas y un ambiente democrático sombrío en el que se volvió aceptable negar el derecho al voto a personas consideradas como inferiores que Estados Unidos adquirió a Puerto Rico y otros territorios después de la Guerra Española Americana. Es probable que este haya sido el peor momento para la democracia en el país hasta ese momento y apunta a las futuras políticas restrictivas impuestas por el gobierno federal hacia Puerto Rico”, explica el análisis.
Los Casos Insulares fueron una serie de decisiones que tomó la Corte Suprema durante el siglo pasado bajo la que se estableció un marco legal que legitima el trato discriminatorio y racista hacia los territorios al establecer distinciones entre incorporado y no incorporado.
La doctrina del máximo foro se considera la justificación legal para tratar a los ciudadanos en territorios como Puerto Rico de manera discriminatoria. Bajo la jurisprudencia del Supremo, a los habitantes de los territorios no incorporados no se le garantizan los mismos derechos constitucionales que a los de los estados.
El mes pasado, El Diario entrevistó en exclusiva a Andrés Córdova Phelps, presidente del comité asesor de Puerto Rico de la Comisión de Derechos Civiles federal sobre la nueva serie de paneles este mes que empezaron el día 6.
El informe final que someterá el comité a la USCCR sobre el impacto de los Casos Insulares en Puerto Rico se espera que esté completado para diciembre de este año.