ACLU demanda a la Policía de Puerto Rico por muerte de veterano del Ejército a manos de sargento en medio de crisis emocional

Los familiares de Daniel Maldonado Díaz piden $4 millones y que el tribunal emita una sentencia sobre la inconstitucionalidad de las acciones de la Policía

Daniel Maldonado, muerto a manos de la Policía en Puerto Rico

Daniel Maldonado Díaz murió a manos de un sargento de la policía en Puerto Rico el 26 de mayo de 2025. Crédito: ACLU | Cortesía

NUEVA YORK – La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) en Puerto Rico demandó a la Policía por el incidente en el que un veterano del Ejército de Estados Unidos murió a manos de un agente que le disparó en medio de una crisis de salud mental.

A través de la demanda por daños y perjuicios y violación de derechos civiles se reclamó una indemnización de $4 millones que serían pagados a Nilda Margarita Díaz Huertas, madre de Daniel Maldonado Díaz, y a la hermana de este, Carmen Jarmín.

Hoy se cumple un año del incidente en Utuado en el que falleció Maldonado Díaz, quien tenía 42 años.

La ACLU, en representación de la familia, alegó en el recurso que la Policía de Puerto Rico utilizó la fuerza mortal contra el hombre de manera injustificada.

“En los hechos de este caso, la Policía de Puerto Rico utilizó fuerza mortal contra una persona que estaba atravesando por una crisis, producto de su condición emocional como veterano de guerra”, declaró en un comunicado Fermín Arraiza Navas, director legal de la organización y uno de los que sometió la demanda.

En el recurso legal presentado ayer en el Día de la Recordación (Memorial Day) figuran entre los demandados el comisionado de la Policía, Joseph González Falcón, y el sargento Julio C. Nieves Rosado.

Nieves Rosado fue quien le disparó a Maldonado Díaz durante una intervención en crisis en su residencia en la barriada Nueva de Utuado. Los parientes sostuvieron que la Policía no intervino como se suponía y que eso se tradujo en la muerte del exmilitar.

Plantearon que el oficial conocía a la víctima y sabía que enfrentarían una intervención en crisis.

Destacaron, además, que el hombre no estaba armado ni puso resistencia y que los policías no intentaron establecer un diálogo con él.

Mi hijo no necesitaba un disparo. Mi hijo solo necesitaba la ayuda que la Policía le negó cuando le arrebató la vida en lugar de intervenir de la manera correcta”, declaró la madre.

Para los demandantes, la Policía de Puerto Rico violó derechos contenidos en la Constitución de Puerto Rico y en la de Estados Unidos, así como la Ley federal de Derechos Civiles.

“El uso ilegal, abusivo e irrazonable de fuerza mortal contra Daniel Maldonado Díaz, quien atravesaba una crisis emocional como veterano de guerra, es incompatible con las protecciones constitucionales a la vida, la dignidad, la integridad física, el debido proceso y la protección contra actuaciones irrazonables de la policía”, expuso Wanda Valentín Custodio, otra de las abogadas en el pleito.

El documento judicial indica que, aparte de los daños que se reclaman, se busca que el tribunal emita una sentencia declaratoria sobre la inconstitucionalidad de las acciones del Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR) y sus oficiales al intervenir con personas discapacitadas en virtud de la Ley Federal de Derechos Civiles de 1964, los estatutos locales y el Código Civil de Puerto Rico.

“Bajo la dirección, órdenes y/o el conocimiento de los demandados Joseph González, comisionado del NPPR (Negociado de la Policía de Puerto Rico) y de los John Does ABCD, así como del supervisor del Sgto. Julio C. Nieves Rosado, estos últimos so colores de autoridad utilizaron fuerza mortal y fuerza excesiva contra Daniel Maldonado Díaz, hijo de Nilda Margarita Díaz Huertas, quien fue asesinado con un disparo en el pecho, mientras se encontraba en la sala de su casa en Utuado el 26 de mayo de 2025”, plantea la denuncia.

En relación con los hechos, los demandantes argumentaron que Maldonado Díaz batallaba con una crisis de salud mental y manifestó comportamientos agresivos antes de que llegara la Policía. Su hermana llamó al 911 a las 12:07 a.m. Cuando los oficiales arribaron, sugirieron solicitar una orden de ingreso involuntario a un centro de salud mental al amparo de la Ley 408.

Carmen recibió a los agentes fuera de la residencia en el primer nivel de la vivienda y les pidió que subieran al segundo piso donde residía Maldonado Díaz.

“Al llegar a la puerta de la residencia en el segundo piso, tanto Carmen como el oficial Nieves Rosado vieron a Daniel en la cocina. Carmen le informó que la Policía había llegado y Daniel cerró con fuerza la gaveta de la cocina”, lee el texto.

Al dirigirse hacia la puerta donde se encontraban los dos agentes y su hermana, Nieves Rosado le disparó en el pecho con su arma de reglamento.

“El disparo se hizo a alrededor de 18 pies de distancia, según Carmen, quien presenció lo ocurrido. El otro policía en la escena no hizo nada para detener a Nieves. El otro policía no tenía visibilidad de Daniel desde donde se encontraba al momento del disparo”, detalla la demanda.

Ni la madre ni la hermana de la víctima vieron un cuchillo en la escena, a pesar de que las autoridades alegan que el veterano se tornó agresivo y que tenía un cuchillo.

“Carmen le cuestionó al policía por qué le había disparado y corrió hacia su hermano para socorrerlo. Daniel murió en la escena frente a su hermana Carmen y su madre Nilda”, agrega el recurso.

Cuando los paramédicos llegaron a la escena, Maldonado Díaz no presentaba signos vitales. Daniel fue declarado muerto en la cocina de su casa.

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