IRS anuncia la cantidad máxima que pueden deducir los educadores por gastos en el salón de clases para 2023
El IRS emitió un mensaje de nuevo año escolar para educadores, recordándoles que la deducción máxima por gastos de educador es de $300 dólares para 2023
Ante la llegada del nuevo año escolar, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) emitió un comunicado para recordar a los educadores que podrán deducir hasta $300 dólares de gastos reembolsables del salón de clases para 2023, cuando presenten su declaración de impuestos federal sobre los ingresos el próximo año.
Este es el mismo límite que se aplicó en 2022, el primer año en que esta disposición quedó sujeta a ajuste por inflación. Antes el límite era de $250 dólares. El límite aumentará en incrementos de $50 dólares en años futuros en función de los ajustes por inflación.
El IRS explica que un educador elegible puede deducir hasta $300 dólares de gastos calificados pagados durante el año, y si están casados y presentan una declaración conjunta con otro educador elegible, el límite aumenta a $600.
Los educadores elegibles, incluyen:
· Maestros
· Instructores
· Consejeros
· Directores
· Ayudantes de jardín de infantes que trabajaron en una escuela durante al menos 900 horas durante el año escolar. Tanto los educadores de escuelas públicas como privadas califican.
Los educadores pueden deducir el costo no reembolsado de:
· Libros y otros materiales usados en el salón de clases.
· Equipos, incluidos equipos informáticos, software y servicios.
· Materiales de protección contra el Covid-19 para detener la propagación de la enfermedad en el salón de clases. Estos incluyen mascarillas, desinfectante para usar contra el Covid-19, jabón para las manos, desinfectante para las manos, guantes desechables, cinta adhesiva, pintura o tiza para orientar el distanciamiento social, barreras físicas como plexiglás transparente, purificadores de aire y otros artículos recomendados por los Centros para Control y Prevención de Enfermedades.
· Cursos de desarrollo profesional relacionados con el plan de estudios que enseñan o con los estudiantes a los que enseñan. Pero el IRS advierte que, para estos gastos, puede ser más beneficioso reclamar otro beneficio tributario educativo, especialmente el crédito de aprendizaje de por vida.
Para más detalles, puede consultar la Publicación 970, Beneficios tributarios para la educación, en particular el Capítulo 3.
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