Presidenta de la CEE en Puerto Rico reacciona a demanda del PPD para descalificar a candidatos de partidos emergentes como Victoria Ciudadana
En entrevista con El Diario de NY, la presidenta alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) en Puerto Rico, Jessika Padilla Rivera, dijo que los abogados de la oficina comparecerán el lunes a una audiencia judicial en San Juan
Nueva York – La presidenta alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) en Puerto Rico, Jessika Padilla Rivera, indicó que los abogados de la oficina se preparan para la audiencia judicial este próximo lunes en la que se atenderá el pleito por la demanda presentada por líderes del Partido Popular Democrático (PPD) para impugnar las candidaturas de aspirantes del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y de Proyecto Dignidad.
“Nuestros abogados comparecerán en representación de la Comisión Estatal de Elecciones”, declaró Padilla Rivera a preguntas de El Diario.
“Allí vamos a estar presentando el planteamiento conforme el Código Electoral establece. Toda vez que es un caso que está corriendo en los tribunales yo me voy a reservar cualquier opinión o expresión que no sean vertidas oficialmente en el tribunal”, añadió.
El recurso fue presentado ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, capital de Puerto Rico, a principios de este mes.
Las partes están citadas a una audiencia este próximo lunes, 12 de febrero, en la que se dilucidarán los argumentos del caso.
Los demandantes, el representante Jorge Alfredo Rivera Segarra; el senador Héctor Santiago Torres; la candidata a representante por el Distrito 13, Yulixa Paredes Albarrán; y Jorge Quiles Gordillo, candidato a representante por acumulación, plantean que los aspirantes de los partidos emergentes supuestamente violaron el Código Electoral de 2020 al no someter endosos para las candidaturas.
“El requisito de endosos es un requisito estatutario irrenunciable cuando no se es candidato único, y su omisión mediante un reglamento de partido viola tanto el Código Electoral como el principio de igual protección de las leyes”, señalan en la demanda que cita el periódico local El Nuevo Día en un artículo.
El recurso legal hace referencia a ocho aspirantes del MVC y a tres del Proyecto Dignidad. En el caso de MVC, los demandados son Ana Irma Rivera Lassén y Edgardo Cruz Vélez, aspirantes a comisionado residente en Washington; Mariana Nogales Molinelli, Olvin Valentín Rivera y Gladys Myrna Conty Hernández, aspirantes por acumulación a la Cámara de Representantes; y Alejandro Santiago Calderón, Edwin Marrero Martínez y Rafael Bernabe Riefkohl, quienes aspiran también por acumulación pero al Senado.
En el documento, también aparecen como señalados Anthony Sánchez Aponte, Stephen Gil Álamo y Wilfredo Pérez Torres, aspirantes al Distrito 38 por Proyecto Dignidad.
La CEE es la agencia encargada de organizar los procesos electorales en Puerto Rico y garantizar el derecho de todos los electores a ejercer su voto. Por ende, Padilla Rivera también aparece como emplazada. De igual manera, los comisionados electorales de todos los partidos, incluyendo la de MVC.
El MVC junto al Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) anunciaron en noviembre pasado una “Alianza” que busca romper con el bipartidismo en el territorio y acabar con lo que han descrito como el “mal gobierno” de la isla. Al igual que Proyecto Dignidad, el MVC fue uno de los partidos emergentes que por primera vez obtuvo puestos en la Legislatura estatal en las elecciones del 2020.
El MVC le ha restado peso a las alegaciones de la demanda y la han catalogado como una movida frívola antes el “desespero” del PPD por prevalecer en las elecciones generales del 5 de noviembre.
La comisionada electoral del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Lillian Aponte Donés, indicó en declaraciones escritas tras conocer sobre la demanda que, debido a que el Partido se acogió a un método alterno para seleccionar a sus candidatos, no están obligados a presentar endosos.
“Victoria Ciudadana aprobó un método alterno que cumple con todas las garantías mínimas establecidas en el Código Electoral. Lo presentamos ante la Comisión Estatal de Elecciones dentro de los términos previstos en el Código, y la CEE lo aprobó. Dicho sea de paso, en las elecciones del 2016 y del 2020, hubo varias contiendas internas para candidaturas, y ninguna recogió endosos”, argumentó Aponte Donés.
Por su parte, el coordinador general de Victoria Ciudadana, Manuel Natal Albelo, señaló que el recurso es un intento más del PPD para mantenerse en el poder.
“Esto es un nuevo intento, y no será el último, del bipartidismo corrupto de intentar mantenerse en el poder. Saben que cada día pierden más apoyo del pueblo”, planteó el también aspirante a la alcaldía de San Juan, según citado por Metro.
Las preguntas de El Diario
“¿El Código Electoral no obliga a candidatos de partidos como Victoria Ciudadana que se acogen a métodos alternos a presentar endosos o los obliga?”, preguntó directamente El Diario a la presidenta de la CEE.
“Ese es el caso. Precisamente, ese es el caso, si están obligados o no, y el Código qué expresión hace. Así que, siendo un caso que está ante los tribunales, voy a reservarme cualquier opinión con respecto a eso”, contestó.
“¿El hecho de que en la colectividad no van a haber primarias de ley los exime de ese requisito?”, insistió este rotativo.
“Vuelvo, ese es uno de los planteamientos centrales de la demanda, así que no estaré haciendo expresiones con relación a eso”, respondió la entrevistada.
En cuanto a la intensa jornada eleccionaria que se avecina en Puerto Rico con la promoción de la “Alianza”, sumado a los múltiples procesos eleccionarios que la CEE debe organizar por ley, Padilla Rivera manifestó que cualquier imprevisto que surja su oficina tiene la obligación de atenderlo.
“El objetivo principal de la Comisión Estatal de Elecciones es organizar el evento electoral. Nosotros estamos mirando el evento electoral. Ahora mismo estamos mirando los eventos que tenemos de los partidos Republicano y Demócrata, las primarias de ley de los partidos que anunciaron que celebrarían, tanto el Partido Nuevo Progresista como el Partido Popular Democrático, y el evento general de las elecciones en Puerto Rico para el 2024, así que eso es lo que estamos atendiendo y lo que vamos a entender. Cualquier asunto incidental que tenga que ver con un evento electoral, que ciertamente este es uno, pues sí nos detendremos a atenderlo, pero no es que cambie alguna dinámica de la Comisión porque esa es la Comisión”, aseguró.
¿Qué dice el Código Electoral del 2020 sobre métodos alternos y presentación de endosos?
El Artículo 7.11. del Código Electoral de 2020 (Ley Número 18) sobre “Métodos Alternos de Nominación” indica que los partidos políticos en Puerto Rico podrán establecer internamente métodos alternos para la nominación de sus candidatos a cargos públicos electivos, siempre que así lo apruebe su organismo directivo central, y el método de nominación que se establezca garantice la más amplia participación y la expresión del voto directo y secreto de los miembros y afiliados que formen parte del Registro de Electores Afiliados del Partido y aquellos que se inscriban en el mismo inmediatamente antes de ejercer su voto.
La ley además especifica que el partido en cuestión notificará públicamente por los medios que considere pertinentes sobre los resultados del proceso alterno de nominación, los datos de la persona nominada, incluyendo el cargo público electivo para el que fue nominado como candidato.
“Todo aspirante que no resultare favorecido en el método alterno de nominación estará impedido de concurrir como aspirante en cualquier proceso de primarias para el mismo cargo durante el mismo ciclo de Elección General”, reza el Código Electoral.
Sobre el requisito de presentación de endosos, el Artículo 7.15 de “Peticiones de Endosos a Aspirantes Primaristas y Candidatos Independientes” estipula y citamos: “Cualquier Elector que desee concursar en unas primarias, como aspirante o como candidato independiente, además de cumplir con los requisitos de esta Ley y los reglamentos de su Partido y la Comisión, deberá presentar ante la Comisión la cantidad de peticiones de endoso requerida por esta Ley para el cargo público electivo al que interese aspirar”.
La demanda de los miembros del PPD usaría como base el Artículo 7.5. de “Descalificación de Aspirantes y Candidatos” que lee: “Cualquier aspirante o candidato nominado podrá ser descalificado como tal, por el Tribunal de Primera Instancia, cuando medie querella porque no cumple con los requisitos impuestos por la Constitución o la ley, o cuando se demostrare que ha violado cualesquiera de las disposiciones de esta ley o de sus reglamentos”.
El Diario contactó hace unas semanas a Natal Albelo para una entrevista sobre este y otros temas, y, hasta el momento, no ha contestado a la solicitud.
Pendientes a El Diario de Nueva York y a la sección de “Puerto Rico” para la próxima parte de la entrevista con la presidenta de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).