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Neymar gana juicio por evasión fiscal en Brasil y evita multa millonaria

La Justicia de Brasil falló a favor de Ney en el caso por presunta evasión fiscal relacionado con su fichaje por el Barcelona en 2013

El brasileño Neymar hace un gesto al entrar al campo durante una sesión de entrenamiento de la selección brasileña.

El brasileño Neymar hace un gesto al entrar al campo durante una sesión de entrenamiento de la selección brasileña. Crédito: Luca Bruno | AP

Neymar recibió un fallo favorable por parte de la Justicia Federal de Brasil en el proceso por presunta evasión fiscal relacionado con su fichaje por el Barcelona en 2013, una decisión que podría evitar que él y su padre deban pagar una multa cercana a los $34 millones de dólares.

El Tribunal Regional Federal de la 3ª Región resolvió anular una multa del 150%, además de otra sanción adicional, manteniendo una sentencia previa que ya había sido favorable para el actual jugador del Santos. Aunque la decisión fue tomada el 23 de diciembre, se dio a conocer públicamente esta semana.

En el fallo, el tribunal reconoció el carácter salarial y remuneratorio de los valores abonados al club catalán, y descartó que se tratara de una compensación encubierta, como sostenía la administración tributaria brasileña. Asimismo, determinó que el impuesto sobre la renta pagado por Neymar en España debe ser deducido y compensado, rechazando el argumento de Hacienda de que el tratado internacional entre Brasil y España no era aplicable.

La sentencia también anuló una deuda vinculada a los derechos de imagen del futbolista, gestionados a través de NR Sports, la empresa de sus padres. En ese punto, el tribunal reconoció la legalidad de la explotación comercial de la imagen de Neymar por una persona jurídica y descartó la existencia de fraude o simulación.

Durante el proceso, las autoridades fiscales habían alegado que existían “pruebas robustas de que la empresa, perteneciente a Neymar y sus padres, era una fachada para ocultar el pago de salarios, por lo cual debía aplicar el impuesto a las ganancias del 27,5% sobre la totalidad de los pagos”, además de sostener que hubo dolo, fraude y colusión para justificar sanciones agravadas.

Sin embargo, el fallo rebatió ese planteamiento al establecer que “la tentativa del Fisco de calificar la operación como un ‘abuso de forma o fraude’, con la intención de reclasificar la renta a la persona física y exigir el impuesto a las ganancias del 27,5%, carece de un sólido respaldo probatorio e contradice la legislación específica que regula la materia”. En consecuencia, el tribunal ratificó la legalidad de la estructura empresarial adoptada por el entorno del jugador.

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