Bonistas de la AEE alegan que demandas para anular contrato de LUMA en Puerto Rico retrasarán pleito para reestructurar la deuda
Los bonistas se unieron tanto a la compañía encargada de la red eléctrica en Puerto Rico como a la Junta de Control Fiscal contra las demandas de la gobernadora
Foto de archivo de un empleado de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) en Puerto Rico. Crédito: Carlos Giusti | AP
NUEVA YORK – Bonistas de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) en el pleito federal por la quiebra de la entidad argumentaron que la resolución del proceso de reestructuración de la deuda se retrasaría más si se declara nulo el contrato de LUMA Energy como solicitó mediante demandas el gobierno de Puerto Rico.
“Esta demora agravaría un problema que ya es serio: la estadía prolongada de la AEE en el Título III ha prevenido su acceso a los mercados de capital que son necesarios para obtener el financiamiento necesario para realizar mejoras a la red”, lee parte de una moción radicada por el grupo de bonistas bajo GoldenTree Asset Management y Syncora Guarantee.
La postura de los bonistas se alineó con la del consorcio privado y la de la Junta de Control Fiscal (FOMBPR), resaltó un reporte de El Vocero este martes.
Las partes solicitaron la paralización de las demandas que presentó la Administración de la gobernadora Jenniffer González.
El reclamo principal de la gobernadora y su equipo es que el tribunal declare nula la Carta-Extensión que suscribió el gobierno de Puerto Rico con la empresa, el 30 de noviembre de 2022, para extender la vigencia del Acuerdo Suplementario bajo el que operaba LUMA.
Actualmente, el Primer Circuito de Apelaciones de Boston evalúa la solicitud de LUMA para que revierta la decisión de la jueza Laura Taylor Swain, quien dictaminó que el foro estatal es el que debe examinar los planteamientos.
“La apelación (de LUMA) presenta una interrogante crítica que requiere de una resolución por parte del Primer Circuito antes de que la controversia proceda en cualquier foro. De no concretarse un ‘stay’ (paralización) cualquier acción representa un riesgo material para la administración eficiente de los procedimientos bajo el Título III (de la Ley Promesa)”, añade el documento legal al que hace referencia el periódico local.
El pasado 8 de mayo, Taylor Swain, quien preside el caso por la deuda de Puerto Rico bajo el Título III de la ley PROMESA (Ley de Supervisión, Administración y Estabilidad Económica de Puerto Rico), determinó que es el Tribunal de Primera Instancia de San Juan el que debe evaluar las demandas que la Adminisración González presentó contra LUMA Energy. El fin de los recursos es que la empresa deje de fungir como operador del sistema de transmisión y distribución de electricidad en la isla y facilitar un proceso ordenado de transición. LUMA decidió recurrir al tribunal apelativo en contra del fallo de la jueza de Nueva York.
“La anulación del OMA (contrato de manejo y operación) de T&D (transmisión y distribución) obligaría a la AEE a poner fin a su relación con LUMA y llevar a cabo un nuevo proceso competitivo para identificar un operador para reemplazarlos, obtener las aprobaciones gubernamentales y regulatorias necesarias para dicha contratación, manejar una transición operacional compleja y esperar para que el nuevo operador desarrolle familiaridad con los sistemas y finanzas que sustenten un plan fiscal revisado y un nuevo plan de ajuste (de la deuda)”, argumentaron esta semana los bonistas ante el tribunal federal.
Plantearon que la devolución del caso al foro estatal “agravaría” el panorama en cuanto al proceso para completar la reestructuración de la deuda de la AEE y afectaría a todas las partes.
“La demora de tres años de los demandantes en presentar estas demandas invalida cualquier alegato de urgencia y subraya que ningún daño tangible justifica el privar al Primer Circuito de la oportunidad de decidir sobre este asunto de importancia”, insistieron.
LUMA ha sostenido que, independientemente del foro donde finalmente se atienda el litigio, “el contrato suplementario es válido bajo el ordenamiento jurídico applicable”, según acordaron las autoridades locales que participaron en su firma y consta en las grabaciones públicas donde se discutió el tema.
Hace menos de una semana, Taylor Swain denegó otra moción de bonistas como GoldenTree para que se levante la suspensión automática de litigios y se considere el nombramiento de un síndico para la AEE, reportó El Nuevo Día.
La gobernadora ha insistido en que LUMA no le sirve eficientemente al pueblo de Puerto Rico y que el contrato salió “limón”.
Durante su segundo Mensaje de Situación de Estado la semana pasada, la gobernadora describió el contrato de LUMA como “abusivo”.
“El problema más grande que tenemos es la transmisión y distribución. Lo he dicho y lo vuelvo a decir: LUMA es un contrato abusivo. Lo prometí en la campaña, lo dije hace un año y hoy lo repito. Esta vez, con hechos concretos: radicamos dos pleitos legales encaminados a cancelar el contrato de LUMA”, señaló la mandataria.
Anticipó que el caso terminará viéndose en el tribunal local.
“Queriendo evitar la jurisdicción de los tribunales locales, LUMA acudió al tribunal federal para que el caso no se viera aquí y paralizó el pleito. Pero el tribunal federal nos dio la razón: el caso se va a ver en los tribunales locales”, continuó.
La primera ejecutiva reveló que se encuentran en conversaciones con “nuevos candidatos” para traer a otro operador.
“Si un contrato no le sirve al Pueblo, se cancela. Mi Gobierno no tiene manos atadas con ningún operador privado: estamos comprometidos con que se le dé un buen servicio a Puerto Rico”, reiteró.
El pasado 8 de mayo, la gobernadora circuló un comunicado con video en el que celebró la victoria legal tras la decisión de Taylor Swain.
Según González, la decisión del tribunal demuestra el poder de fiscalización del Gobierno sobre LUMA para proteger el interés público.
“La determinación del Tribunal valida claramente que el gobierno de Puerto Rico sí tiene la autoridad y la responsabilidad de fiscalizar a LUMA cuando están en juego servicios esenciales, el cumplimiento de nuestras leyes y la protección del interés público. Nadie está por encima de la ley”, consideró.
“El Tribunal reconoció que nuestras acciones no son meramente contractuales, sino actuaciones de naturaleza pública y regulatoria dirigidas a garantizar la seguridad, bienestar y estabilidad del sistema eléctrico de Puerto Rico. Igualmente se reconoció que según fue pactado contractualmente, estos pleitos deben atenderse en nuestros tribunales locales y bajo nuestras leyes”, agregó.
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