Los grupos de personas que no han recibido cheques de estímulo y pueden solicitarlos en su declaración de impuestos
Si usted es elegible, pero no recibió alguno de los cheques de estímulo o no recibió el monto completo, tiene opciones para reclamar
Con el anuncio del Servicio de Rentas Internas (IRS) sobre el fin del proceso de distribución de la mayoría de cheques de estímulo de la primera y segunda ronda, a los estadounidenses elegibles que no les llegó uno o ambos pagos deberán solicitar los pagos adeudados mediante un “Crédito de recuperación de reembolso” en una declaración de impuestos este año.
“La mayoría de las personas que son elegibles para el Crédito de recuperación de reembolso ya lo recibieron por adelantado, en estas dos rondas de pagos de impacto económico. Si las personas no recibieron un pago, o si no recibieron los montos completos, pueden ser elegibles para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso y deben presentar una declaración de impuestos de 2020″, detalló la agencia en un comunicado en su página web esta semana. La elegibilidad y el monto del Crédito de recuperación de reembolso se basa en la información del año tributario 2020, mientras que los pagos de impacto económico se basaron en la información del año tributario 2019. Para el primer pago de impacto económico, la declaración de 2018 pudo usarse si la declaración de 2019 no se presentó o procesó”, agregó el IRS.
En una entrada previa en IRS.gov, la agencia explicó que las personas elegibles que no recibieron el monto completo de los pagos de impacto económico, pueden reclamar el Crédito de recuperación de reembolso en un Formulario 1040 o Formulario 1040-SR del 2020. Como parte del proceso, usted deberá completar la Hoja de Crédito de recuperación de reembolso en las instrucciones del Formulario 1040 y del Formulario 1040-SR.
“Generalmente, usted es elegible para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso si fue ciudadano estadounidense o extranjero residente de los EE. UU. en 2020, no puede ser reclamado como dependiente de otro contribuyente para el año tributario 2020, y tiene un número de Seguro Social válido para el empleo emitido antes de la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos de 2020 (incluidas las extensiones)”, precisa la entrada en la página web.
Aún cuando usted no esté obligado a presentar una declaración impuestos, puede optar por llenar el Formulario 1040 o el Formulario 1040-SR para reclamar el Crédito de recuperación de reembolso.
El IRS dividió en grupos las personas elegibles para solicitar el “Crédito de recuperación de reembolso” mediante el cual no solo pude solicitar el monto base correspondientes a los cheques de estímulo de $1,200 y $600, también el dinero que no recibió por dependientes menores de edad.
Según el IRS, puede solicitar el crédito contributivo si cumple con algunos de los siguientes requisitos:
- Si usted era elegible, pero no recibió alguno de los cheques de estímulo, o no recibió el monto completo.
- Quienes recibieron menos dinero porque su ingreso bruto ajustado era demasiado alto como para calificar para la cifra total de los cheques, pero tuvieron pérdida de ingresos durante el año fiscal 2020.
- Quienes tuvieron o adoptaron un hijo menor de 17 años durante el año fiscal 2020.
- Quienes fueron reclamados como dependientes en declaraciones fiscales de 2018 o 2019, pero que ya no lo fueron en 2020.
- Quienes recibieron un número de Seguridad Social antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos de 2020.
- Si usted forma parte de una pareja de estado migratorio mixto y no recibió la primera ronda de cheques de estímulo.
- Si no recibió el monto total de los cheques porque presentó su declaración de impuestos de 2019 como viuda o viudo calificado y su ingreso bruto ajustado de 2019 fue superior a $75,000 dólares.
Los estadounidenses no elegibles para reclamar el crédito son los siguientes:
- Quienes pueden ser reclamados como dependientesen la declaración de impuestos 2020 de otros contribuyentes, como estudiantes universitarios o adultos mayores.
- Quienes no tengan un número de Seguridad Social válido para el empleo antes de que venza la temporada de declaración de impuestos. Esto no incluye a quienes forman parte de una pareja casada con estado migratorio mixto.
- Extranjeros o no residentes de Estados Unidos.
- Herederos o cesionistas.
- Los que fallecieron antes del 1 de enero de 2020.
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